Por la crecida del Paraná y el Uruguay, el gobierno de Entre Ríos declaró la emergencia agropecuaria en la zona de islas e inundables
El gobierno de Entre Ríos declaró la emergencia agropecuaria para ganaderos y apicultores de la zona de islas y anegables ante la crecida de los ríos Paraguay y Uruguay por el fenómeno de El Niño.
A través del decreto 3.692, firmado por el gobernador Rogelio Frigerio y sus ministros de Desarrollo Económico, Guillermo Bernaudo, y de Economía y Servicios Públicos, Fabián Boleas, la provincia estableció una serie de beneficios fiscales y facilidades de pago para los productores afectados. Asimismo, inició las gestiones para la declaración de la emergencia ante el Poder Ejecutivo Nacional.
El decreto instruye a la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) para que disponga el diferimiento de los vencimientos de los anticipos del Impuesto Inmobiliario Rural y Sub Rural 2026 y 2027, al 31 de enero de 2028, para aquellos vencimientos que operen durante el período de vigencia del estado de emergencia o desastre agropecuario.
Se establece además, para las y los productores comprendidos, un plan especial opcional de facilidades de pago para la cancelación de los anticipos. Dicho plan consistirá en hasta tres cuotas mensuales consecutivas y sin interés de financiación, venciendo la primera el 10 de marzo de 2028.
Además, se condonan las multas e intereses generados por el cumplimiento fuera de término ahí devengados, entre dichas fechas y la fecha de vencimiento de los anticipos del Impuesto Inmobiliario prorrogado.
En los considerandos de la medida, el gobierno provincial consideró que "el fenómeno de inundación afecta la capacidad productiva de la actividad ganadera y apícola en la zona de influencia de los ríos Paraná y Uruguay".
En lo que respecta a la ganadería, se informó que se han ocasionado "importantes perjuicios económicos y productivos, derivados, entre otros factores, de la disminución de la productividad, la reducción del precio obtenido por ventas forzosas de hacienda, los mayores costos de alimentación, traslado y arrendamiento de campos receptores, así como las dificultades operativas y sanitarias asociadas al retiro y reubicación de los animales, estimándose una afectación superior al 50% de la capacidad productiva".
Acerca de la apicultura se describen afectaciones sobre los apiarios emplazados en las zonas de humedales, islas y franjas costeras, incluyendo pérdidas directas, dificultades para el retiro y reubicación de las colmenas y consecuencias productivas, sanitarias y económicas derivadas de la inundación.
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