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infobae.com · hace 3 horas · Fishel Szlajen

Milei, Trump y Malvinas: cómo resolver el desacuerdo

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El 15 de octubre, Washington pidió ante la Cuarta Comisión de la Asamblea General terminar el mandato del Comité Especial de Descolonización (C-24), cuestionando su utilidad y sus gastos, aunque no hubo aún una votación ni decisión de la ONU que disolviera el organismo.

A ello se suma, según informaciones periodísticas, la presión de Washington para que el proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional, enviado por el Ejecutivo, no alcance a empresas estadounidenses, incluidas proveedoras o accionistas de los emprendimientos.

No está demostrada una coordinación entre ambos planteos, pero sus posibles efectos se relacionan porque uno debilitaría el lugar donde se reclama negociar, y el otro limitaría las medidas frente a la explotación de los recursos en disputa.

La siguiente propuesta es una respuesta ética y estratégica para preservar el reclamo argentino en la ONU, proteger los recursos y sostener la alianza con Estados Unidos.

El límite para la negociación lo fija nuestra Constitución, ratificando la legítima e imprescriptible soberanía argentina sobre Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes. Establece como objetivo permanente e irrenunciable su recuperación y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes y el derecho internacional. Así, dentro de esos límites, podrían revisarse los instrumentos diplomáticos y legales para alcanzar ese objetivo.

Por ello, cambiar los procedimientos del C-24 no es necesariamente incompatible con la Resolución 2065 de la Asamblea General, que reconoce la disputa e invita a la Argentina y al Reino Unido a negociar, considerando los intereses de los habitantes de las islas. Lo indispensable es conservar un mecanismo de la ONU que examine la cuestión y mantenga el pedido de negociación.

Tres experiencias internacionales muestran qué puede negociarse y qué debe preservarse en estos casos. Una ocurrió dentro del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). Canadá había cuestionado un arancel adicional que Estados Unidos cobraba a sus productos solares porque consideraba que violaba ese tratado. En 2022, un grupo de expertos independientes, previsto por el acuerdo comercial, le dio la razón. Luego, ambos gobiernos firmaron un memorando para suspender ese cobro a las importaciones canadienses y establecer las condiciones de la suspensión. Para la Argentina, la enseñanza es que se puede negociar cualquier reforma del C-24 pero bajo garantías de que Malvinas seguirá siendo examinada en la ONU. Esa continuidad debe quedar asegurada por una decisión de la Asamblea General.

El Consejo Ártico muestra cómo sostener una tarea cambiando la forma de trabajar. Tras suspender sus reuniones oficiales, sus miembros acordaron procedimientos escritos en 2023 y reuniones técnicas virtuales en 2024. Aplicado al C-24, esto permite proponer menos reuniones presenciales y más trabajo escrito, sin dejar de examinar Malvinas ni de convocar a las partes.

El Consejo de Administración Fiduciaria de la ONU constituye el tercer aporte. En 1994 modificó sus reglas para reunirse cuando fuera necesario y suspendió sus operaciones tras completar su función principal. En Malvinas, en cambio, la disputa sigue pendiente. La enseñanza es que la actividad de un órgano debe evaluarse según las tareas que aún necesita cumplir. Quien proponga cerrar el C-24 debería explicar cómo se atenderá la disputa pendiente.

Estos tres ejemplos, sin constituir precedentes jurídicos sobre soberanía, orientan una respuesta argentina si la propuesta de Washington avanza, preservando la causa Malvinas y la relación con un aliado estratégico central.

La Cancillería debería, en consecuencia, ofrecer una reforma del C-24 con costos transparentes, revisión de tareas duplicadas y resultados públicos, preservando su función habiendo reiterado el llamado a negociar el 25 de junio de 2026. Si se propone suprimirlo, fusionarlo o transferir sus tareas, la Argentina debería exigir una alternativa aprobada por la Asamblea General que asegure la continuidad del tratamiento.

Lo que no debería permitir la Argentina es eliminar ese espacio sin reemplazo porque reduciría la presión internacional sobre el Reino Unido sin exigirle concesiones. El ahorro administrativo debe mantener el examen periódico de la cuestión, la participación de las partes y el seguimiento del llamado a negociar.

En cuanto a los recursos, la Resolución 31/49 insta a las partes a abstenerse de introducir cambios unilaterales mientras esté pendiente el proceso recomendado por Naciones Unidas. Argentina la invoca para objetar la explotación petrolera, pues una eventual negociación no restituiría el petróleo ya extraído. En consecuencia, solicitó el 13 de octubre al Tribunal Internacional del Derecho del Mar medidas provisionales para suspender esa explotación en la zona en disputa, incluido el proyecto Sea Lion, en el marco del arbitraje iniciado bajo la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

La Ley 26.659, modificada por la Ley 26.915, prohíbe actividades sin autorización argentina y prevé sanciones administrativas y penales, con alcance también sobre determinadas formas de participación o colaboración. Si bien el nuevo proyecto enviado por el Ejecutivo busca sustituir y ampliar ese régimen, su demora en el tratamiento no elimina las herramientas vigentes.

Entre las precisiones del proyecto, el artículo 3, inciso b, exige que ciertos actos económicos o servicios sean esenciales e indispensables para el emprendimiento. El artículo 18 exige, para el delito atribuido al proveedor, que este actúe con conocimiento. Por eso, no puede afirmarse que cualquier relación comercial será sancionada automáticamente.

Al revisar el proyecto de ley, el Congreso debe precisar qué participación empresarial debe probarse en cada caso y distinguir las sanciones administrativas de las penas por delitos. También debe definir el tratamiento de accionistas sin control efectivo, preservar el derecho de defensa y la posibilidad de recurrir las sanciones ante tribunales, ya prevista en el proyecto. Las reglas deben evitar tanto castigar vínculos remotos como permitir que una empresa eluda responsabilidades utilizando otras sociedades.

El proyecto ofrece una vía para detener las actividades prohibidas y regularizar la situación. Exige demostrar su cese y contempla una multa o el compromiso de trasladar inversiones hacia actividades lícitas autorizadas. Esta posibilidad puede facilitar acuerdos con empresas de cualquier origen, siempre que se controle el cumplimiento y no continúe la misma actividad bajo otro nombre.

La Cancillería argentina podría solicitar a Washington que identifique los artículos objetados y que las empresas documenten su participación en los emprendimientos. Con esa información, Cancillería y las áreas de Energía podrían trabajar con el Congreso para precisar las reglas y revisar su compatibilidad con los compromisos internacionales. También deberían determinar qué medidas pueden ejecutarse efectivamente. Ese trabajo puede tener plazos definidos y funcionar sin suspender la legislación vigente.

El Congreso conserva la responsabilidad de definir las nuevas normas y la negociación diplomática debe facilitar ese trabajo. Si no hubiera entendimiento con Estados Unidos, la Cancillería debería buscar apoyos entre los países que integran el C-24 para mantener el tratamiento de Malvinas. En paralelo, la Argentina debería sostener las medidas legales que correspondan frente a la explotación de recursos sin autorización nacional.

Una respuesta ética y estratégica exige resultados comprobables tales como continuidad del tratamiento en la ONU, responsabilidad empresarial basada en pruebas y cumplimiento efectivo de los compromisos.

Milei puede convertir el desacuerdo en una iniciativa argentina con condiciones claras para ambos asuntos. La relación con Trump abre una oportunidad y su valor se medirá por lo que permita obtener para defender el reclamo y los recursos involucrados, preservando también los beneficios de la alianza estratégica con Estados Unidos.

El ruido discursivo de Milei y los límites que le imponen la política y la economía