Qué significa el fallo en el juicio a Cristina y Máximo Kirchner: Casación intervino por primera vez en la agenda de un tribunal oral
Fuentes judiciales con despacho en los tribunales de Comodoro Py confiaron a PERFIL que la trascendencia del fallo Hotesur-Los Sauces radica en que es una decisión inédita. Por primera vez en la historia de la Cámara de Casación Penal, el tribunal de alzada interfiere en la agenda de audiencias de un tribunal de juicio oral, modificando una decisión de organización procesal adoptada por los jueces naturales del debate", explicaron.
La decisión de “organización procesal” a la que se refiere es la fecha que había asignado el Tribunal Oral Federal 5 a cada una de las causas: había dispuesto que el juicio en el expediente Los Sauces comenzara este viernes 23 y Hotesur el 19 de marzo del año próximo. Ambos tienen entre sus imputados a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner y su hijo, el diputado Máximo Kirchner.
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Este martes, un fallo de la Cámara de Casación, por dos votos contra uno, revirtió ese criterio y ordenó hacer un único juicio oral y público que deberá comenzar este viernes.
En su voto, que integró la mayoría, el juez Daniel Petrone dijo que “la decisión de separación del trámite de un proceso obstaculiza el avance de la causa hacia la etapa de juicio y, con ello, la posibilidad de que la pretensión punitiva en los términos en que fue promovida por los acusadores obtenga una respuesta jurisdiccional dentro de un plazo razonable”. Para Petrone “la instrucción suplementaria pendiente no puede convertirse, por sí sola, en una causa automática de postergación sine die del debate”. Con otros argumentos pero en el mismo sentido votó el juez Diego Barroetaveña.
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En el voto en contra, el juez Alejandro Slokar planteó que “habida cuenta que los planteos de los recurrentes cuestionan la fórmula seleccionada por el órgano de juicio, quien ejerció sus facultades propias para ordenar el debate oral y público, la revisión por parte de esta alzada podría implicar, en los términos propuestos, una exorbitancia competencial”.
Desde tribunales confiaron a PERFIL que las defensas de los imputados, durante la celebración de la audiencia oral (a la que remarcaron que no concurrió el Fiscal Mario Villar que reclamaba la unificación junto al fiscal Diego Velasco), habían advertido que la decisión sobre la unificación o separación de debates es el tipo de cuestión que, de suscitar algún planteo, debe canalizarse como cuestión preliminar ante el propio tribunal de juicio al inicio del debate oral.
A las defensas de los imputados les queda una carta: apelar ante la Corte Suprema de Justicia.