Jorge Macri propone reformar el Código Contravencional para agravar penas, sumar faltas y combatir el delito juvenil
El jefe de Gobierno envió un proyecto a la Legislatura que incorpora nuevos delitos como el seguimiento o acecho en vía pública, endurece multas por conducir alcoholizado y adapta la normativa al nuevo Régimen Penal Juvenil de Nación.
El mandatario porteño propone endurecer las penas y crear nuevas figuras punitivas para combatir el delito en CABA.
El jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Jorge Macri, envió a la Legislatura porteña un proyecto para reformar el Código Contravencional que prevé sumar faltas, endurecer penas y agravar la reincidencia. La reforma establece multas de más de $7 millones por conducir alcoholizado, de hasta $58 millones por venta ilegal en el espacio público y hasta 90 días de arresto para trapitos reincidentes. También suma sanciones por acoso callejero, estafas digitales y elementos destinados a provocar disturbios.
La iniciativa propone modificar el Código Contravencional (Ley 1.472) y la Ley de Procedimiento Contravencional (Ley 12) para aumentar las multas, el trabajo de utilidad pública y los días de arresto y ampliar las herramientas disponibles para asegurar el cumplimiento de las sanciones. También introduce nuevas faltas relacionadas con la convivencia urbana y la protección digital. Y se endurecen las penas en la gran mayoría de las contravenciones que figuran en el Código.
Los cambios alcanzan a los adolescentes de entre 14 a 17 años, al adaptar la normativa local a la Ley Nacional de Justicia Penal Juvenil que entró en vigencia el mes pasado.
“Al delincuente menor de edad que rompe la ley sabiendo que no va a tener consecuencias; al que acosa, sigue o acecha a una persona en la calle; al estafador que se hace pasar por un banco para engañar a alguien y robarle sus datos; al puntero que financia agrupaciones violentas; al delincuente que lleva una bomba molotov a una manifestación: a todos ellos, bajo mi gestión, se les terminó la impunidad”, sostuvo Jorge Macri.
El mandatario porteño agregó que “no hay Ciudad para los porteños de bien si el Estado se arrodilla frente a las mafias y los violentos. Con este nuevo Código que presentamos endurecemos las penas, agravamos la reincidencia y hacemos que el que rompe la ley pague las consecuencias de sus actos”.
El ministro de Justicia, Gabino Tapia, explicó los diferentes alcances del proyecto que ingresó este miércoles al Palacio de la calle Perú. "Buscamos sancionar el phishing, los deepfakes y el acecho, y que quienes tienen entre 14 y 17 años respondan por sus contravenciones", dijo y en sintonía con Macri añadió: "No vamos a mirar para otro lado. En la Ciudad hay consecuencias".
El jefe de Gobierno, Jorge Macri, anunció cambios al Código Contravencional de CABA.
Las contravenciones son conductas que alteran la convivencia, como las faltas de tránsito, los ruidos molestos o el acoso callejero. Se castigan principalmente con multas, tareas comunitarias o días de arresto, a diferencia de un delito que supone una falta grave que atenta contra la vida, la integridad o la propiedad.
La reforma incorpora nuevas contravenciones al Código, como seguimiento o acecho en vía pública; obtención de credenciales (como claves, códigos o tokens) mediante engaños digitales; organización de compraventa informal masiva en el espacio público; comercialización de datos personales; portación de dispositivos de interferencia de señales; y manipulación fraudulenta de sistemas de cobro o transporte público.
Y amplía sanciones accesorias en el ámbito de los eventos masivos (incluyendo partidos de fútbol y recitales), el tránsito, las apuestas y en materia de protección animal.
También se sancionará a quien suplante la identidad de agentes de autoridad en espacios públicos (falsificación de credenciales); financie contravenciones reiteradas o a agrupaciones contraventoras; sea portador o distribuidor de materiales aptos para disturbios (con multas de hasta $9.384.640 o de hasta 45 días de arresto y comiso de los elementos utilizados); y entorpezca los sistemas de videovigilancia pública (con multas de hasta $4.692.320 o 30 días de arresto, y como sanción accesoria obligatoria, la reparación del dispositivo).
La reforma suprime la condena en suspenso y, para adultos, excluye la suspensión del proceso a prueba como solución alternativa. El plazo general de prescripción de la acción continúa en dos años. Para los adolescentes se mantiene la probation, condicionada al cumplimiento de reglas de conducta, reparación del daño y continuidad escolar.
Con respecto a los reincidentes, se agravan las sanciones y ahora también se considerará reincidentes a los que tengan el hábito de cometer faltas similares, no tiene por qué ser la misma, en el espacio público. El proyecto crea un Registro de Reincidentes en Contravenciones en el Espacio Público.
Y los reincidentes no podrán cumplir arresto domiciliario, salvo excepciones fundadas. Se establece un endurecimiento de la pena en un 50% para la primera reincidencia, un 66,6% para la segunda y un 100% (el doble) para la tercera, con algunos agravantes específicos: por ejemplo, para los trapitos que extorsionan a los automovilistas para estacionar en las calles aumentarían los días de arresto de 60 hasta 90 en caso de reincidencia.
Desde CABA aseguraron que la reforma significa "un cambio estructural en lo que se refiere a los adolescentes". Explicaron que actualmente, como regla general, los menores de 18 años "no son punibles contravencionalmente, salvo las excepciones vinculadas con el tránsito". La reforma se adapta al nuevo Régimen penal Juvenil pero "no traslada a los adolescentes el mismo esquema sancionatorio de los adultos".
Por caso, fija la imputabilidad desde los 14 años, pero aclaran que no pueden ser detenidos y deben tener una defensa especializada. Además, pueden ser responsabilizados por las contravenciones previstas en el Código, pero será bajo un régimen diferenciado orientado a la responsabilidad, la educación, la integración social y el interés del adolescente.
Las sanciones y medidas posibles incluyen una amonestación formal en audiencia para el menor, con explicación clara sobre por qué es ilegal el hecho y recomendaciones concretas de convivencia, acompañamiento periódico por equipos interdisciplinarios, asistencia a programas educativos y medidas destinadas a sostener o completar la escolaridad obligatoria, capacitación laboral si ya terminó el secundario, reparación del daño, en la medida de lo posible, tareas de utilidad pública adecuadas a la edad y a las aptitudes del adolescente, sin afectar la escolaridad ni el trabajo, entre otras.
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