Ley de Tierras: la Justicia ordenó preservar los registros bonaerenses
El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata hizo lugar a un pedido de la Defensoría del Pueblo bonaerense y ordenó al Gobierno nacional conservar la información registral recopilada durante los últimos 15 años.
Ley de Tierras: la Justicia ordenó resguardar información clave sobre el territorio bonaerense.
La Justicia en lo Contencioso Administrativo de La Plata hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la Defensoría del Pueblo bonaerense y ordenó al Gobierno preservar la información vinculada con las tierras rurales de la provincia que fue recopilada durante la vigencia de la ley de Tierras, derogada por el DNU 70/2023.
La resolución fue dictada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata, que le dio cinco días al Ministerio de Justicia para informar hasta qué fecha fueron actualizadas las bases de datos y garantizar la conservación íntegra de los antecedentes registrales reunidos durante los últimos 15 años.
El planteo había sido presentado por la Defensoría que conduce Guido Lorenzino, que advirtió sobre las consecuencias de la eliminación del régimen de control sobre la titularidad extranjera de tierras rurales. Según el organismo, la derogación de la norma implicó el fin de herramientas como el mapa dominial y de las restricciones que regían sobre la adquisición de campos por parte de extranjeros.
La presentación puso el foco en la necesidad de preservar la información acumulada durante los años en que estuvo vigente la Ley 26.737. Para la Defensoría, contar con esos registros resulta relevante no solo para conocer quiénes son los titulares de los campos, sino también para la planificación territorial y ambiental de la provincia.
El organismo señaló especialmente la situación de distritos bonaerenses como Campana y Zárate, donde existe una importante concentración de tierras en manos de titulares extranjeros. En ese contexto, planteó que la pérdida de información podría dificultar el seguimiento de la estructura de propiedad rural y afectar las herramientas disponibles para la gestión del territorio.
En su resolución, el juzgado consideró que la eventual pérdida o alteración de esos datos podría generar un perjuicio de difícil o imposible reparación posterior. Por ese motivo, dispuso que los antecedentes registrales sean conservados mientras avanza la discusión judicial.
La medida no implica, por sí misma, una definición sobre la constitucionalidad de la derogación de la ley de Tierras. El planteo de fondo sobre el régimen establecido por el DNU 70/2023 forma parte de una disputa judicial más amplia, que también llegó a la Corte Suprema.
La Defensoría sostuvo que la preservación de los registros es necesaria para evitar que la modificación del marco normativo implique también la pérdida de información pública sobre la estructura de propiedad de las tierras rurales bonaerenses.
"No podemos permitir que la flexibilización o la falta de los controles deje a las y los bonaerenses a ciegas sobre la soberanía de sus recursos naturales y del suelo rural", sostuvo Lorenzino. El titular del organismo agregó que "proteger la información pública sobre nuestro territorio es central para garantizar la sustentabilidad ambiental y los derechos de las futuras generaciones".
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