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perfil.com · hace 4 horas · Lola Blasco

La Corte Suprema sumará dos conjueces en una nueva causa por la Ley de Tierras

Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti

La Corte Suprema de Justicia de la Nación incorporará a dos conjueces para intervenir en una causa que cuestiona la derogación de la Ley de Tierras Rurales, una de las modificaciones establecidas por el Gobierno de Javier Milei mediante el DNU 70/2023.

La convocatoria está vinculada con una presentación de la Asociación Civil Árbol de Pie y otros actores, que plantearon reparos contra el artículo 154 del decreto. Ese punto del DNU eliminó la Ley 26.737, que establecía restricciones para la propiedad, posesión y tenencia de tierras rurales por parte de extranjeros.

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Los dos conjueces serán definidos este martes mediante un sorteo. La elección se hará entre los titulares de las cámaras nacionales de apelaciones en lo federal de la Ciudad de Buenos Aires y de las cámaras federales que funcionan en las provincias.

El procedimiento tendrá lugar a las 16.30 en la Secretaría Judicial N.º 4 del máximo tribunal.

La incorporación de los dos magistrados tiene como objetivo completar la integración del tribunal para que pueda tomar una decisión sobre el expediente.

La resolución de la Corte no adelanta cuál será el criterio de los jueces sobre la validez del artículo 154. Tampoco determina todavía si la derogación de la Ley de Tierras es constitucional o no.

La causa lleva el nombre de “Asociación Civil Árbol de Pie y otros c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo colectivo”. El máximo tribunal también ordenó notificar al Estado Nacional, que figura como parte demandada.

Corte Suprema de Justicia

La organización ambiental sostiene su planteo a partir de la protección del ambiente establecida en la Constitución Nacional. La presentación comenzó en la Justicia Federal de Bariloche y luego fue trasladada a La Plata por su relación con otro expediente colectivo.

El reclamo quedó relacionado con la causa iniciada por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata, que también había cuestionado la eliminación de la Ley 26.737.

Después de una resolución de la Corte del 29 de septiembre, Árbol de Pie presentó un pedido de aclaratoria. En aquella oportunidad, el máximo tribunal rechazó el planteo del CECIM por considerar que la organización no tenía legitimación para llevar adelante esa demanda.

La Ley 26.737 establecía un régimen específico para la propiedad de tierras rurales en manos de extranjeros. Entre otras cuestiones, fijaba límites a la adquisición de este tipo de terrenos.

El DNU 70/2023 modificó ese esquema al incluir, en su artículo 154, la derogación completa de la norma.

Desde entonces, distintos actores recurrieron a la Justicia para cuestionar esa decisión. La discusión llegó a la Corte Suprema después de que la Cámara Federal de La Plata declarara inconstitucional el artículo del decreto en el marco de la causa iniciada por el CECIM.

El 29 de septiembre, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron la demanda del CECIM por una cuestión vinculada con su legitimación.

El fallo dejó sin efecto la decisión de la Cámara Federal de La Plata que había cuestionado la constitucionalidad del artículo 154. Sin embargo, posteriormente la Corte aclaró que no había definido la cuestión de fondo sobre la validez del régimen establecido por el DNU.

El tribunal explicó que su decisión se había limitado a un aspecto procesal y señaló que el pronunciamiento no impedía que otros actores presentaran nuevos planteos judiciales.

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