Javier Milei, sobre el fallo de la Corte Suprema por la ley de Tierras: "De eso se trata el Republicanismo"
El Presidente respaldó la decisión del máximo tribunal y destacó la división de poderes tras el fallo que dejó vigente la derogación de la ley.
Javier Milei, sobre el fallo de la Corte Suprema por la ley de Tierras: "De eso se trata el Republicanismo".
En el marco de su intervención en el 62° Coloquio de IDEA, el presidente Javier Milei se refirió este miércoles al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que quitó los límites a la venta de tierras a extranjeros. “La decisión de la Corte Suprema es la decisión de la Corte Suprema, de eso se trata el republicanismo”, sostuvo.
En ese sentido, el mandatario destacó la división de poderes y aseguró que el Gobierno no debe intervenir sobre las decisiones de la Justicia. “Nosotros estamos en una república. Hay división de poderes. Funciona y, si vivimos abogando y poniéndonos la bandera de la república, lo que decide la Corte es lo que decide la Corte, y yo no tengo por qué meterme en lo que está decidiendo”, argumentó.
Milei insistió en esa postura y cuestionó que el Poder Ejecutivo busque influir sobre los fallos judiciales. “¿O usted quiere que empiece a torpedear o favorecer lo que decide la Justicia cuando vivimos llorando republicanismo? Seamos coherentes. Me parece fantástico que la Corte falle lo que le parece correcto acorde a la Constitución Nacional”, afirmó.
Las declaraciones de Milei se produjeron un día después de que la Corte Suprema revocara un fallo de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023, el cual había derogado la Ley de Tierras, que establecía límites a la compra de campos por parte de extranjeros.
El fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que rehabilitó la derogación de la Ley de Tierras fue firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
Sin embargo, el máximo tribunal no se pronunció sobre la constitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras. La decisión se basó en que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), que había promovido la demanda, "carecía de legitimación" para iniciar esa acción y en que no estaba configurado un caso o controversia judicial en los términos exigidos por la Constitución.
La consecuencia inmediata del fallo es que vuelve a quedar vigente la derogación de la Ley de Tierras dispuesta por el DNU 70/2023. La norma, sancionada en 2011, establecía un límite del 15% para la titularidad extranjera de tierras rurales a nivel nacional, provincial y departamental, además de restricciones vinculadas con la concentración de tierras por nacionalidad y con determinadas zonas del territorio.
La Corte aclaró expresamente que su decisión no supone “abrir juicio sobre la validez constitucional” del artículo 154 del DNU ni implica pronunciarse sobre la intervención que corresponde al Poder Legislativo.
El fallo también vuelve a poner el foco sobre el DNU 70/2023, cuyo tratamiento parlamentario permanece pendiente. El Senado rechazó el decreto en 2024, pero, de acuerdo con el régimen establecido por la Ley 26.122, para que un DNU quede definitivamente rechazado deben pronunciarse en ese sentido ambas cámaras del Congreso.
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