La Justicia confirmó el procesamiento de Diego Spagnuolo en la causa de corrupción en Discapacidad
La Sala II de la Cámara Federal porteña confirmó este martes el procesamiento Diego Spagnuolo, el ex titular de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) por las irregularidades detectadas en la compra de medicamentos para el organismo durante la actual gestión. Se le atribuyeron al ex funcionario los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, defraudación por administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública nacional y cohecho pasivo.
Además de Spagnuolo, la Justicia también confirmó los procesamiento de 18 involucrados entre los que se destacan Miguel Ángel Calvete y Daniel Garbellini, el segundo de Spagnuolo en la ANDIS. El fiscal también identificó como parte de las actividades delictivas, la existencia de “pagos indebidos" a funcionarios de la agencia “a cambio de asegurar, gestionar y garantizar la ejecución de las maniobras expuestas”.
Todas las acusaciones concurren con otro delito mayor: haber sido jefe de una asociación ilícita. El perjuicio ocasionado a través del direccionamiento de las compras de medicamentos, el beneficio a favor de unas pocas empresas y los sobreprecios en esas operaciones, es de 30.337.220.919,77 pesos.
Los camaristas Eduardo Farah y Roberto Boico entendieron que la maniobra investigada guardaba sustento en las pruebas reunidas por el fiscal federal Franco Picardi y que fueron la base del procesamiento que dictó el juez Sebastián Casanello.
En este expediente se dio por corroborado que "ciertas personas" (funcionarios de la ANDIS y del sector privado vinculado al rubro de la salud), de manera coordinada y bajo "acuerdos espurios", “integraron una organización delictiva a los fines de cometer ilícitos que les permitió obtener amplias sumas de dinero de manera indebida, en perjuicio de la administración pública”.
Las maniobras afectaron a la población con discapacidad, "especialmente vulnerable, que goza de pensiones no contributivas y no posee otra cobertura de salud (lo que abarca a madres con 7 hijos, mayores de 70 años en situación de pobreza, entre otros”)”.
Entre diciembre de 2023 y octubre de 2025 la agencia habría funcionado como “el centro de operaciones” de diversas actividades ilícitas; esto es, “como una ventanilla de pagos millonarios, permanentes y direccionados, adjudicados en procedimientos fuera del marco legal que no garantizaban los principios de concurrencia, publicidad ni transparencia; como una ventanilla de pagos con sobreprecios en beneficio de proveedores con vínculos con los funcionarios al mando; y, además, como una ventanilla administrada o co-gestionada por agentes externos con fuerte influencia en el sector de salud, especialmente droguerías y firmas de insumos de alto costo”.
Los camaristas Farah y Boico rechazaron los planteos de las defensas, al sostener -en la resolución a la que accedió Clarín-, que las apelaciones coinciden en plantear que los procesamientos dictados por el juez Casanello, “son arbitrarios”. Buscaba anular las acusaciones por los delitos de asociación ilícita, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, incumplimiento de los deberes de funcionario público y cohecho.
Para el Tribunal revisor, las defensas "no han logrado argumentar el punto de manera independiente, pues sus objeciones aparecen relacionadas de manera directa con la forma en que fueron definidas las situaciones procesales”.
En consecuencia, los jueces de la Sala II de la Cámara Federal convalidaron la investigación del fiscal Picardi, que determinó el uso de un programa informático que “no participaba de ninguna de las características que demanda el sistema de contrataciones en el ámbito público un programa y que tampoco contaba con la intervención ni aprobación de la Oficina Nacional de Contrataciones”.
El Sistema Integrado de Información y Administración de Prestaciones (SIIPFIS), resaltaron los camaristas, “habría sido manipulado de modo de resultar invitadas a cotizar sólo las droguerías y firmas proveedoras vinculadas a los miembros de la organización delictiva, cuyos integrantes conocían de antemano las asignaciones y simulaban una competencia mediante la utilización de oferentes ‘pantalla’”.
Una vez adjudicadas, se garantizaban prioridad en el cobro, y parte de las ganancias obtenidas eran distribuidas con algunos de los funcionarios participes de la maniobra.
Hubo en la ANDIS una “atomización de procesos, normativas y disposiciones internas, diversos estamentos del organigrama de la administración pública -a veces a través de la simulación de competencia entre oferentes y otras mediante artificiales alegaciones de urgencia o especialidad para apartarse de ese proceso realizan contrataciones con proveedores –algunos de los cuales ni siquiera tienen capacidad productiva propia sino que actúan solo como intermediarios”. Este último eslabón, generó a su vez el incremento de los costos.
Las compras objetadas correspondían en gran parte a las llamadas prestaciones de alto costo y baja incidencia (PACBI) del programa Incluir Salud.
La documentación secuestrada en ANDIS como también el intercambio de correos electrónicos, el resultado de la inspección de los teléfonos y la observación de las operaciones realizadas a través del SIIPFIS “exhiben sin dificultad no sólo la irregular incorporación de los proveedores sino también la arbitraria forma en que eran seleccionados para participar de una u otra convocatoria, la simulación de competencias y los mayores costos cotizados y abonados”, remarcaron los jueces.
A su vez, la documental incautada permitió corroborar la relación que existía entre los distintos competidores e incluso entre éstos y los funcionarios. Sólo como ejemplo, se logró establecer que las empresas Indecomm SAS, Indecomm SRL, Droguería Profarma SA, FinFox SRL, Resposane Salud SA y Bymax Medical SRL, entre otras, se encuentran vinculadas a Calvete; las empresas Droguería New Farma y Droguería Floresta se encuentran relacionadas en razón del vínculo conyugal de sus titulares, Silvana Vanina Escudero y Alejandro Gastón Fuentes Acosta; a su vez Droguería New Farma tiene como socio a Patricio Gustavo Rama, vinculado su vez con Droguería Genesis, cuyo responsable, Andrés Arnaudo, también se encuentra vinculado a Vicmor SRL.
Lo relevante de aquellos lazos -consignaron los jueces Farah y Boico-, es que las compulsas de precio y las adjudicaciones “giraron en derredor de un grupo limitado de empresas entre las cuales estaban las precedentemente nombradas”.
El análisis de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) dejó al descubierto un patrón de sobreprecios en la adquisición de la droga Burosumab 20 mg (Crysvita), mediante un esquema que inflaba sistemáticamente los costos a través de contrataciones tramitadas como procesos "chicos".
Mientras que en las compras de gran volumen el medicamento se adjudicaba por montos de entre 21 y 25 millones de pesos la unidad, en las licitaciones de menor escala empresas como Droguería Génesis y Droguería Profarma terminaban cobrando valores que superaban los 45 millones por la misma prestación. Esta maniobra se veía facilitada por plazos de convocatoria exprés —en algunos casos de apenas cinco horas y media entre el inicio del trámite y la apertura de ofertas—, restringiendo de forma deliberada la competencia de otros proveedores.
La magnitud del sobreprecio quedó evidenciada tras los allanamientos realizados en las oficinas de Profarma, donde la Justicia secuestró documentación contable que expone los verdaderos costos de adquisición en el mercado.
Facturas emitidas por las firmas Oncolife y Everex Argentina revelaron que la droguería compraba la unidad de Crysvita a precios que oscilaban entre los 12,8 y 18,6 millones de pesos. De este modo, la investigación judicial confirmó un margen de ganancia extraordinario e injustificado a costa del Estado, al revender a más de 45 millones un insumo que conseguían por menos de la tercera parte de ese valor.
Los camaristas identificaron a Diego como una pieza clave en los “numerosos indicios colectados que sugieren su intervención en las maniobras ilícitas”.
Fue él quien designó a la persona que estaría a cargo de esta tarea -Garbellini-, quien no por casualidad también tenía relación con Calvete y con Atchabahian. Pero además, “hemos visto que el proceso de compras se llevó adelante a través de un programa que fue utilizado de manera arbitraria y a partir del cual se manipularon las invitaciones adjudicándose las compulsas a un grupo de proveedores –reducido- previamente acordado”.
Particularmente, una parte recayó en sociedades relacionadas con Calvete, cuya relación con Spagnuolo se encuentra suficientemente acreditada: hay filmaciones, mensajes, encuentros y préstamo de dinero.
Al respecto, dijo la Cámara: “El argumento por el cual pretende asignarse un sentido neutral a los encuentros no puede ser válidamente admitido, en tanto esa familiaridad es, en rigor e inversamente a lo pretendido por la defensa, la que explica los irregulares procesos de compra desarrollados en el marco del programa Incluir Salud”.
Ello, además, sin soslayar las “expresas referencias a sumas de dinero en efectivo o transferencia que no encuentran en este contexto ninguna explicación razonable que las avale”.
Para la Cámara Federal de Apelaciones, Spagnuolo “no se limitaba a validar y acompañar todo el proceso que transcurría frente a sus ojos y facilitar el camino para la concreción del plan criminal que era puesto en marcha por otros actores, sino que tuvo una activa intervención para lograr la concreción de los planes disponiendo de las herramientas que la función le otorgaba para lograr el éxito de aquél”.
Su accionar también incluyó la posterior designación de Garbellini al frente de la Dirección encargada de llevar a cabo las compras PACBI a través de una nueva herramienta -el SIIPFIS- y un “grupo de personas que fue funcionalmente asignada para responder fielmente al mismo programa”.
Todo esto, se planteó, teniendo como norte la “obtención de ganancias no sólo para las empresas indebidamente beneficiadas sino también para sí”, en un marcado “perjuicio del Estado Nacional, que vio comprometido su patrimonio al materializar compras mediante procesos de selección indebidamente direccionados hacia unos pocos actores que, simulando competir, fijaron arbitrariamente valores que comprendieran no sólo mayores ganancias sino también los gastos por “comisiones”.
Redactora de la sección Política, especializada en noticias judiciales. [email protected]
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