Malvinas: la justicia le ordenó a las empresas Rockhopper y Navitas que suspendan la exploración de petróleo
La justicia federal de Tierra del Fuego le ordenó este miércoles a las empresas "Rockhopper Exploration" y "Navitas Petroleum Development" que suspenden la exploración de petróleo en las Islas Malvinas que llevan adelante a través del proyecto "León Marino" y que fueron denunciadas por el gobierno nacional de Javier Milei.
Fuentes judiciales informaron a Clarín que la jueza federal de Río Grande, Mariel Borruto, aceptó una medida cautelar de ex combatientes de la guerra de Malvinas e intimó a las compañías que en 10 días presenten una serie de informes.
"Ordenar a Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited, en cuanto de ellas dependa, que se abstengan de iniciar, continuar, ejecutar o hacer ejecutar actos materiales de ejecución del proyecto ´León Marino´", sostuvo la magistrada en su resolución y que concretamente se abstengan de iniciar la "extracción o explotación comercial de hidrocarburos".
El motivo de la suspensión es porque el gobierno nacional informó que las empresas no tramitaron el impacto ambiental que el proyecto de exploración puede tener en la zona. “La incertidumbre existente acerca de la totalidad de las consecuencias ambientales del proyecto no aparece aislada, sino vinculada con una actividad hidrocarburífera de gran escala, intervenciones físicas sobre el lecho marino, explotación prolongada de recursos, ecosistemas sensibles y ausencia de evaluación ambiental por parte de las autoridades argentinas”, sostuvo la magistrada.
La incógnita si es las compañías acatarán la medida. Es porque cuando el presidente Milei en cadena nacional anunció sanciones, las petroleras respondieron que iban a continuar con el proyecto porque tenían el aval y los permisos del gobierno de las Malvinas y del Reino Unido.
En su fallo, la jueza Borruto señaló que la justicia argentina tiene facultades para intervenir en el caso: “Que la circunstancia de que las demandadas sean sociedades constituidas en el extranjero no enerva la plena vigencia del derecho argentino, desde que el emprendimiento cuestionado se proyecta sobre la plataforma continental argentina y sobre los espacios marítimos correspondientes a las Islas Malvinas”.
Y agregó: "Que las actividades de exploración y explotación hidrocarburífera objeto de la controversia se encuentran sometidas, en cuanto a sus condiciones de habilitación y a las exigencias de protección ambiental, a las disposiciones del derecho argentino de manera excluyente".
La causa la inició el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas -La Plata- (CECIM) por el presunto daño ambiental que ambas petroleras estarían realizando en el mar Argentino. La jueza aceptó la semana pasada intervenir y pidió una serie de informes antes de resolver si suspendía la exploración de petróleo de Rockhopper y Navitas.
En su resolución, la magistrada explicó que la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Subsecretaría de Ambiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros informó que ninguna de las dos empresas inició un procedimiento de evaluación ambiental. Por su parte, ARCA hizo lo propio y señaló que ni Rockhopper ni Navitas están registradas en su padrón.
"La ausencia de evaluación ambiental por las autoridades argentinas implica que el proyecto no ha sido sometido al procedimiento mediante el cual deben identificarse sus impactos, analizarse sus efectos acumulativos, evaluarse alternativas, establecerse medidas de prevención y contingencia y determinarse su admisibilidad ambiental", sostuvo Borruto para suspender el proyecto "León Marino".
Concretamente las empresas deberán suspender la perforación del lecho o subsuelo marino, la instalación permanente de infraestructura submarina destinada a la extracción o producción de hidrocarburo y el inicio de extracción o explotación comercial de hidrocarburos, entre otros puntos.
"La abstención ordenada se mantendrá hasta tanto se sustancie ante la autoridad ambiental nacional competente el procedimiento de evaluación de impacto ambiental", dispuso la jueza.
Pero además le solicitó a Rockhopper y Navitas a que en 10 días informe el estado actual del proyecto "León Marino"; un cronograma de sus trabajos; cantidad, ubicación y estado de los pozos proyectados; la nómina de contratistas y subcontratistas principales vinculados; los estudios y evaluaciones ambientales realizados respecto del proyecto, entre otros puntos. Además tendrán que "preservar íntegramente la documentación técnica, ambiental, societaria, contractual, financiera y asegurativa relacionada con el proyecto ´León Marino´".
La jueza dejó para resolver en el futuro otro pedido de los ex combatientes: que se les prohíba a las empresas firmar nuevos contratos. "Una prohibición de semejante amplitud podría alcanzar sujetos, bienes y operaciones todavía no individualizados suficientemente", explicó la magistrada.
Por último también le requirió informes a Jefatura de Gabinete de la Nación, a la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía de la Nación y a la Cancillería sobre las empresas.
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