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infobae.com · hace 9 horas · Francisco Poppe

Confesión y condena: Jones Huala reconoció que impuso sus ideas por la fuerza a través de la RAM y podría seguir preso hasta 2030

Infobae

El activista Facundo Jones Huala, líder de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM), sería condenado a 5 años y 2 meses de prisión por haber conducido esa organización e impuesto sus ideas mediante la violencia o la intimidación, según el acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre la fiscalía, la querella y la defensa.

El entendimiento sería homologado esta semana por el juez federal de Bariloche, Leandro Gómez Constenla, y contempla una pena de cumplimiento efectivo. De acuerdo a la información a la que accedió Infobae, Jones Huala admitió haber liderado la RAM, organización que desde febrero de 2025 figura en el Registro Público de Personas y Entidades Vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), creado por iniciativa del Ministerio de Seguridad de la Nación.

Si el acuerdo es homologado en los términos pactados, el dirigente mapuche podría permanecer detenido hasta agosto de 2030, tomando como punto de partida su aprehensión en junio de 2025. Se cree que el cómputo de la prisión preventiva deberá ser tenido en cuenta para determinar el vencimiento de la pena.

El acuerdo judicial representa el cierre de una investigación que, en su etapa inicial, contempló acusaciones más graves. Jones Huala había sido detenido en junio de 2025, en el marco de una denuncia por presunta asociación ilícita, apología del crimen y atentados contra el orden público.

Sin embargo, el entendimiento alcanzado entre las partes contempla únicamente la acusación de imponer ideas mediante la fuerza o la intimidación, sin que se configure el delito de asociación ilícita.

Facundo Jones Huala detenido

De acuerdo con la información a la que accedió Infobae, las partes debatieron durante varias jornadas los alcances del acuerdo para definir la pena y el encuadre jurídico de la conducta atribuida a Jones Huala.

La acusación había buscado inicialmente aplicar el artículo 210 bis del Código Penal, una figura que contempla la organización de estructuras destinadas a cometer delitos contra el orden constitucional, con una estructura de tipo militar. Ese encuadre, de mayor gravedad, finalmente no fue el elegido para el acuerdo.

El líder de la RAM será condenado, en cambio, por el artículo 213 bis del Código Penal, que sanciona a quienes organizan o toman parte en agrupaciones destinadas a imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor.

La pena prevista para ese delito es de 3 a 8 años de prisión. El acuerdo fija para Jones Huala una condena de 5 años y 2 meses, que deberá ser homologada por el juez federal.

Voceros de la Gremial de Abogados y Abogadas de la República Argentina, a cargo de la defensa de Jones Huala, confirmaron el avance del acuerdo entre las partes, aunque anticiparon que sus alcances serán informados una vez que el magistrado lo homologue.

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Jones Huala fue detenido el 6 de junio de 2025 en El Bolsón, luego de la presentación de su libro en una biblioteca de Bariloche. La imputación original incluyó intimidación pública, incitación a la violencia colectiva y apología del crimen.

Desde el inicio de la investigación, la fiscalía buscó encuadrar su rol como líder de la RAM en el artículo 213 bis del Código Penal, por integrar una organización destinada a imponer o combatir ideas mediante la fuerza o el temor. El Ministerio Público Fiscal también impulsó la investigación de figuras penales de mayor gravedad.

El expediente fue declarado de investigación compleja durante las audiencias iniciales. Esa decisión permitió extender el plazo de prisión preventiva de Jones Huala, quien permaneció detenido mientras avanzaban las medidas de prueba y se definía el alcance de la acusación.

La prisión preventiva fue prorrogada trimestralmente. La última extensión se produjo a fines de agosto, cuando el juez federal Leandro Gómez Constenla, en su primera audiencia al frente del caso, autorizó la continuidad de la medida hasta noviembre próximo.

En las audiencias anteriores, la fiscalía había insistido en la complejidad de la investigación, mientras que la defensa procuraba concretar el traslado de Jones Huala desde la Unidad 6 de Rawson hacia la Unidad 14 de Esquel, donde permanece alojado actualmente.

En el juicio abreviado, Jones Huala admitió haber impuesto sus ideas por la fuerza a través de la RAM (Foto: Alejandra Bartoliche)

Casi un año después de la detención, la fiscalía de Bariloche profundizó la acusación. Le atribuyó a Jones Huala haber integrado la RAM desde 2011, con el objetivo de imponer sus ideas por la fuerza y aterrorizar a la población local. Esa conducta fue encuadrada en el artículo 213 bis.

Además, sumó la acusación de integrar una asociación ilícita destinada a cometer delitos contra el orden constitucional, bajo una estructura de tipo militar, en los términos del artículo 210 bis. En esa línea, el Ministerio Público Fiscal señaló presuntas conexiones con la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), organización que actúa en Chile.

El acuerdo alcanzado ahora entre las partes deja fuera esa acusación más grave y concentra la responsabilidad penal en la conducción de la RAM y la imposición de ideas mediante la fuerza o la intimidación.

La defensa de Jones Huala ya realiza el cómputo del tiempo que su asistido podría permanecer tras las rejas. Si se contabiliza la prisión preventiva desde su aprehensión en junio de 2025, la pena de 5 años y 2 meses se agotaría en agosto de 2030, según el cálculo que surge del acuerdo.

La condena será de cumplimiento efectivo. La situación procesal del dirigente mapuche también está condicionada por su condición de reincidente, que le impediría acceder a la libertad condicional.

El antecedente que pesa en su contra es la condena que le impuso el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia, en Chile, en diciembre de 2018, por el incendio de una propiedad en el fundo Pisu Pisué y por tenencia ilegal de armas.

La reincidencia, sumada a la pena acordada en la causa federal de Bariloche, determina que Jones Huala deba cumplir la totalidad de la condena en prisión, sin acceso a los beneficios que había obtenido —y luego perdido— durante su detención en Chile.

La homologación del acuerdo por parte del juez federal será el próximo paso procesal. Una vez que se concrete, quedará formalizada la condena y comenzará a regir el cómputo definitivo de la pena.

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