La nueva Cámara Federal dictó otro fallo favorable al Gobierno: confirmó el cierre de una causa contra el ministro Caputo
La Cámara Federal, con los votos de los jueces Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, confirmó el cierre de la causa que investigaba al ministro de Economía, Luis Caputo, por supuestas negociaciones incompatibles con su cargo de funcionario público cuando era secretario de Finanzas de Mauricio Macri.
Es otro fallo favorable al Gobierno de la Sala I de la Cámara Federal: después de su cambio de composición, el jueves pasado, ratificó al día siguiente la exclusión de los querellantes del caso $LIBRA y confirmó el cierre del expediente que investigaba al expresidente Macri y a los actuales ministros Caputo y Federico Sturzenegger por el préstamo del Fondo Monetario Internacional (FMI) durante el gobierno de Cambiemos.
En cuanto al fallo de hoy, la Cámara respaldó la decisión del juez federal Julián Ercolini de sobreseer a Caputo sin citarlo como acusado. La fiscalía había pedido en tres oportunidades la indagatoria del funcionario y la fiscalía de Cámara, a cargo de José Agüero Iturbe, decidirá ahora si recurre el caso y lo eleva a la Cámara de Casación o si deja que la causa se cierre definitivamente.
El fiscal de primera instancia que investigó este caso es Carlos Rívolo. Todo comenzó por una filtración de los Paradise Papers revelada por LA NACION.
Según Rívolo, hay pruebas suficientes para que Caputo dé explicaciones por haber omitido declarar sociedades offshore que tuvo durante su actuación en el gobierno de Macri, por haberle facturado “servicios profesionales” a una de ellas mientras integraba el gobierno y porque esa firma, bajo su asesoramiento, compró casi medio millón de dólares en bonos del Tesoro Nacional emitidos en abril de 2016 (y en cuya licitación Caputo participó directamente como secretario de Finanzas).
El fallo que ratificó el cierre de este expediente lo firmaron los camaristas Llorens y Bertuzzi -que juró el jueves pasado como juez titular de la Cámara Federal, elegido por Javier Milei-, pero no el tercer miembro de la Sala I, Pablo Yadarola. Él también fue nombrado la semana pasada, pero que tan pronto asumió, se tomó licencia.
Este fallo y los dos del viernes se emitieron en una ventana en la que Yadarola no participa todavía de las decisiones de la Cámara y en la que Leopoldo Bruglia ya no integra el tribunal porque la llegada de Yadarola lo desplazó. Si Yadarola no se hubiera tomado licencia y hubiera querido intervenir en estos casos, las decisiones se hubieran demorado porque él no conocía las causas ni participó de las audiencias en las que se trataron.
También hoy, Llorens y Bertuzzi ratificaron la desestimación de una denuncia que la diputada Marcela Pagano presentó contra Milei y Luis Caputo por el decreto de este año que habilitó la prórroga de jurisdicción a tribunales de Nueva York para que intervinieran ante eventuales conflictos por préstamos de organismos multilaterales de crédito. El fiscal del caso, Franco Picardi, no impulsó la causa y la Cámara ratificó que no corresponde aceptar a Pagano como querellante; por ende, no hay quien impulse la investigación.
En cuanto al fallo sobre las presuntas negociaciones incompatibles de Caputo que hoy quedó confirmado, Ercolini le dio la razón a la defensa y sostuvo que “las conductas atribuidas no resultaban constitutivas de delito alguno”. Para la Cámara, en la causa no se precisó “cuáles fueron objetivamente las acciones [de Caputo] orientadas a beneficiar a un actor en particular” en el marco de la emisión de los bonos, “cuál fue aquel beneficio” y cuál sería la “información reservada” que se utilizó.
A juicio del fiscal Rívolo, en cambio, la decisión de sobreseer al ministro “fue dictada de modo prematuro y sin valorar correctamente la prueba acumulada”.
En el pedido de reapertura de la causa, la fiscalía había destacado que era “sumamente importante recordar” que “Caputo utilizó a ‘L.C’ para facturar a ‘Noctua Asset Management’ la prestación de ‘servicios empresariales profesionales técnicos y servicios financieros’, entre el 3 de marzo de 2016 y el 6 de abril de 2017, es decir, mientras ya era funcionario público”.
El fiscal sostuvo que el investigado no solo asesoraba al fondo Noctua Asset Management en materia de inversiones y facturaba por ello a través de la sociedad L.C Advisors, sino que además “fue dueño indirecto” de todo ese conglomerado empresario a través de la sociedad Princess.
¿De quién era Princess? En este punto, el fiscal y el juez discrepan. Según Ercolini, “más allá de figurar [Luis Caputo] como accionista, era su hermano Flavio Caputo quien revestía tal calidad”. El juez sostuvo esto basado en un acuerdo privado celebrado entre los hermanos en 2009.
Rívolo desconfía de ese documento. Alegó en su dictamen que “de acuerdo a lo que surge de la documentación presentada ante las autoridades de las Islas Caimán al momento de su apertura, no quedan dudas de que el titular de Princess era Luis y no su hermano Flavio, quien recién asumió esa posición el 30 de junio de 2016″, medio año después de que Luis Caputo jurara como secretario de Finanzas.
Rivolo dijo que no correspondía ponderar la información que surgía de un acuerdo entre privados “por sobre la información que surgía de la documentación presentada ante las autoridades de Islas Caimán para dar de alta la sociedad, entre la cual obran, entre otros, distintos formularios de “KYC” (know your customer) y de normativa antilavado", que se usan en materia de sociedades offshore para, “justamente, conocer a los verdaderos dueños de la sociedad”.
El fiscal agregó que el acuerdo privado entre los Caputo “fue suscripto ante el escribano Caputo, familiar de ambos, y que fue presentado por la defensa recién en el año 2019, a pesar de que la presente investigación se inició en el año 2017″. Y destacó: “Casualmente en 2019, cuando se presentó ese acuerdo ante V.S, por cumplirse 10 años desde el acto, ya se habían destruido los libros notariales en los que se había dado cuenta del acto, con lo cual no se pudo verificar si los registros coincidían con ese acuerdo”.
Fuentes con acceso al expediente informaron a LA NACION que el escribano familiar del ministro y su hermano era Claudio Caputo, el padre de Santiago Caputo, asesor del Presidente.
Matías Cuneo Libarona, el abogado defensor de Luis Caputo, dijo a LA NACION que esta causa avanzó solamente porque hubo “mucha saña” contra su defendido y que el acta que pone en duda Rívolo fue ratificada por otra posterior, ambas con firmas certificadas. “Las actas están aportadas y se podrían peritar, si hay alguna duda”, alegó. El abogado agregó que él había ofrecido al escribano Claudio Caputo -hoy fallecido- como testigo y también a Flavio, “el verdadero dueño, que entró al blanqueo en 2016″.
Más allá de estas “suspicacias” -sostuvo Rívolo, en alusión al acta de 2009-, “los documentos de Caimán y del New York Mellon demuestran con toda claridad que Luis Andrés Caputo fue titular de Princess desde su creación hasta al menos el 30 de junio de 2016″ y acreditan también que Princess era dueña indirecta de Noctua International, que a través de Noctua Asset Management compró los bonos del Tesoro Nacional emitidos en abril de 2016 por resolución 146/16, en cuya licitación participó directamente Caputo como secretario de Finanzas. También prueban, según el fiscal, que Caputo facturó a Noctua International, a través de L.C., servicios de asesoramiento financiero, hasta al menos abril de 2017 (es decir, cuando Caputo ya llevaba más de un año como funcionario del Ministerio de Economía).
Para el fiscal, Caputo “sin lugar a dudas” debió haber informado todo esto ante la Oficina Anticorrupción (OA) para evitar una incompatibilidad en el cargo y también al fisco “para abonar los correspondientes tributos, lo cual -dijo el fiscal- recién se realizó en el año 2016″.
Según Rívolo, en las declaraciones juradas presentadas ante la OA y ante AFIP se observa que Luis Caputo “no ha declarado ninguna participación en sociedades del exterior, a pesar de haberse detectado que tuvo tenencia accionaria de Princess al cierre de los periodos 2014 y 2015, y hasta el 30 de junio de 2016″.
Para la Cámara no existió “malicia vinculada a la ocultación de información sobre su situación patrimonial y laboral” y, para que la omisión de declarar bienes sea punible, “debe ser maliciosa”. Los jueces dijeron: “Vale subrayar en este punto la explicación brindada por el imputado en cuanto a que, al ingresar en la función pública, no reparó en la subsistencia de “LC Advisors”, puesto que para el año 2012 había quedado prácticamente vacía de contenido y con una actividad casi nula".
En cuanto a su relación con la firma Princess, la Cámara sostuvo: “Acierta el juez en el valor asignado a las explicaciones brindadas por la defensa que dan cuenta de que, más allá de figurar Luis Caputo como accionista, era su hermano quien en realidad revestía tal calidad” y el ministro “solamente fue tenedor fiduciario de sus acciones, que por lo tanto no formaban parte de su patrimonio”.
En cuanto a las dudas que planteó Rívolo sobre el acta notarial en la que figura que Flavio era el verdadero dueño, los camaristas coincidieron con Ercolini en que “no existe ningún elemento” que los persuada “a dudar de su veracidad”. Sostuvieron, así mismo, que no se probó que Caputo hubiera intervenido en la emisión de bonos “buscando favorecer a un privado por encima del interés estatal”.
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