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lanacion.com.ar · hace 13 horas · Guillermo N. Pérez y Sebastián Mancuso

Hacia un nuevo paradigma impositivo

LA NACION

En un contexto donde la alta presión fiscal y la falta de seguridad jurídica han sido protagonistas del vínculo entre ARCA y los contribuyentes, la sanción de la ley de Inocencia Fiscal representó un positivo cambio de paradigma en la forma de vinculación entre ambos.

La norma propuso abandonar el enfoque persecutorio que caracterizó históricamente al régimen tributario argentino, partiendo de la premisa de que el Estado, en lugar de presumir el dolo o la culpa, debe demostrar primero la responsabilidad del contribuyente, consolidando el principio de inocencia como eje rector del sistema fiscal.

El 26 de agosto, Diputados dio media sanción al proyecto de ley de Inocencia Fiscal II.

Sin embargo, en el caso de existir una discrepancia significativa, el proyecto agrega la posibilidad de rectificar la diferencia detectada por el Fisco dentro de los 15 días de efectuada la determinación de oficio, sin que se caiga el régimen ni sus beneficios.

La primera etapa de Inocencia Fiscal, sin dudas, sentó las bases para establecer una relación tributaria más previsible entre el Fisco y los contribuyentes. El proyecto de Inocencia Fiscal II representa un paso adicional en el mismo sentido, receptando modificaciones al régimen que lo dotarán de una mayor seguridad jurídica, permitiendo que los contribuyentes perciban una mayor confianza en el mismo.

Es probable que esta mayor confianza induzca a mayor cantidad de contribuyentes a incluirse en el mismo, antes del vencimiento que opera el 22 de septiembre, permitiendo en muchos de esos casos exteriorizar activos que hoy se encuentran fuera del sistema financiero.

Si bien el proyecto a la fecha aún no es ley -resta su tratamiento en el Senado-, cabe esperar su sanción definitiva en un plazo breve.

Los beneficios de este nuevo régimen son importantes: tapón fiscal para los años anteriores al periodo fiscal base y la posibilidad de regularizar ciertos activos omitidos de declarar en el pasado.

Adherir a Ganancias simplificadas, de ninguna manera implica que el contribuyente no deba, para mantener en orden sus propios registros, seguir liquidando para sí y llevando el control de sus movimientos patrimoniales y de sus consumos, aunque no deba incluirlos en la liquidación a presentar a ARCA.

En síntesis, este régimen es un instrumento válido que debería generar incentivos y la confianza necesaria para que se incorporen al mercado de capitales y a la economía productiva fuentes de financiamiento importantes que ayuden a reactivar la economía argentina.

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