No es una ley contra las denuncias falsas, es una ley que castiga denunciar
Es indiscutible que una denuncia falsa es una injusticia grave y que nadie debería atravesar una acusación sin fundamentos. Nadie debería ser expuesto por algo que no hizo y definitivamente los abogados no deberían convalidar la acusación falsa como una estrategia jurídica. Es moralmente reprochable y es una falta ética grave por parte de quienes ejercen la profesión. Por eso, el Código Penal argentino ya abordó este problema con los delitos de calumnia y de denuncia falsa. La pregunta que nos venimos haciendo desde que se presentó este proyecto no es si las denuncias falsas merecen reproche social y consecuencias jurídicas, sino si ofrece una respuesta a ese problema. Y la respuesta es no.
No mejora la investigación, no acelera los tiempos de los procesos, no garantiza que se escuche a las partes de manera adecuada antes de tomar decisiones y no protege mejor a quien fue acusado injustamente. Solo aumenta las penas en un sistema judicial que ya tarda demasiado y que muchas veces funciona mal.
Pensemos en una persona que decide, después de meses o años de violencia y miedo, buscar ayuda y hacer una denuncia. Es uno de los momentos más frágiles de todo el proceso. Agregar ahí, justo en ese punto, la amenaza de una pena, en caso que la investigación no prospere, es sumar una barrera a un camino arduo. Se argumenta que quien dice la verdad al plantear una denuncia no debe temer esa amenaza, pero lamentablemente sabemos que por muchos motivos la justicia no siempre llega bien y pronto a garantizar protección. Entonces corresponde mejorar los procesos, en lugar de agregar barreras que restringen el acceso.
En la Argentina aproximadamente medio millón de personas sufren ofensas sexuales cada año, pero sólo 1 de cada 10 denuncia. El 40% de esos casos son de niñas, niños y adolescentes (UFEM, 2023). ¿Cómo se protege a un niño si pedir a la justicia que investigue puede ser interpretado como una acusación falsa? Además, solo el 21% de las mujeres que atraviesan situaciones de violencia llega a denunciar (Iniciativa Spotlight, 2023). Entre las víctimas de femicidio en 2025, apenas el 18% había denunciado previamente a su agresor (Oficina de la Mujer de CSJN, 2026). No sobran denuncias, faltan intervenciones judiciales eficaces y rápidas.
Repito: cuatro de cada diez delitos contra la integridad sexual involucran a niñas, niños y adolescentes. Son quienes menos herramientas tienen para atravesar un proceso judicial, y a quienes este proyecto termina exponiendo a un riesgo adicional en el peor momento, al sembrar la posibilidad de perseguir a quienes tratan de protegerlos (como su familia, docentes o terapeutas).
Cuando el Estado responde, denunciar salva vidas. En la provincia de Buenos Aires, donde se mantuvieron las políticas de protección, los femicidios consumados bajaron de 98 en 2024 a 78 en 2025. Las tentativas, sin embargo, aumentaron de 218 a 301 en el mismo período. Los datos muestran la importancia de llegar a tiempo y que las situaciones de riesgo puedan ser detectadas antes de un desenlace fatal. En 2025 se iniciaron 146.046 procesos penales por violencia familiar y de género en esa provincia. Más denuncias no generan más denuncias falsas sino más oportunidades de protección.
El proyecto presenta también una cuestión técnica que complica aún más a quienes necesitan ayuda y que lesiona el sistema jurídico en general. De acuerdo con un borrador que circuló, la nueva versión del proyecto ya no haría referencia explícita a la violencia de género, la violencia contra niñas, niños y adolescentes y los delitos contra la integridad sexual, sino que los sustituiría por conceptos como “delito doloso grave” contra “personas vulnerables”. Esta ambigüedad en la nueva redacción permitirá una aplicación más arbitraria por parte de la Justicia.
A su vez, propone agravar las penas para las personas por acciones que corresponden a los jueces, como una detención preventiva o la exclusión del hogar. Le atribuyen a quien denuncia buscando ayuda y pidiendo protección, las consecuencias de una mala decisión de la Justicia, y mantiene el riesgo de confundir una denuncia que no pudo probarse con una denuncia falsa. De aprobarse, el proyecto desalentaría, además, a testigos y profesionales que intervienen en la detección de violencias y abusos sexuales en la infancia, en contradicción con la Ley Lucio, aprobada por unanimidad por el mismo Congreso hace tres años.
Por todo esto pedimos que el Senado frene su tratamiento y abra una discusión seria, con evidencia, especialistas y una evaluación real de sus consecuencias. Pero sobre todo, que se pueda buscar una solución efectiva a los problemas que afectan tanto a quienes son denunciados injustamente, como a quienes buscan ayuda. La Justicia debe investigar mejor y resolver más rápido, no agregar miedo en el momento de pedir ayuda.
© Copyright 2026 SA LA NACION | Todos los derechos reservados. Dirección Nacional del Derecho de Autor DNDA - EXPEDIENTE DNDA (renovación) RL-2023-95334553-APN-DNDA#MJ.Queda prohibida la reproducción total o parcial del presente diario.