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El gobierno aumentó las exigencias para los jueces que pidan seguir trabajando luego de los 75 años

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El Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, oficializó la Resolución 384/2026 que modifica el procedimiento a través del cual se concede la prórroga a los jueces y juezas que cumplen 75 años. Se estipulan plazos más rigurosos, control patrimonial, revisión de movimientos financieros como así también la publicación de los antecedentes de quienes pretenden continuar cinco años más en sus respectivos cargos ante el tope establecido por la Constitución Nacional.

En el Boletín Oficial se publicó el Decreto que busca disminuir la judicialización de los trámites iniciados cuando un magistrado solicita al Poder Ejecutivo que le conceda la prórroga para, habiendo cumplido 75 años, pueda continuar en el cargo durante cinco años más.

El antecedente más reciente fue la negativa por parte del presidente Javier Mile para otorgarle al ahora ex camarista Martín Irurzun la prórroga que lo habilitaba a seguir durante cinco años más como vocal en la Cámara Federal de Apelaciones porteña. La decisión se tomó de la mano del envío de pliegos para cubrir dos cargos que en ese tribunal se encuentran vacantes.

Es decir: el gobierno mirá con atención a la Cámara Federal, que revisa todas las decisiones que toman los jueces de instrucción: sobreseimientos, procesamientos, embargos, prisiones preventivas, cierre de causas, entre otras.

La Cámara de Apelaciones deberá resolver sobre casos como $LIBRA, ANDIS, las decisiones que se tomen en instrucción en el expediente sobre Manuel Adorni y otras investigaciones resonantes.

Antes de rechazarle a Irurzun la continuidad en su cargo, el presidente sí permitió que Carlos Mahiques (padre del Ministro de Justicia) logre permanezca en la Cámara Federal de Casación Penal. Fuentes de la Casa Rosada señalaron a Clarín que “es potestad exclusiva del Jefe de Estado resolver a quién le da la prórroga y a quién no”.

Con este telón de fondo, se publicó el Decreto 384/2026 que indica por qué es necesario cambiar el reglamento para nombrar a los magistrados de 75 años. Entre los primeros fundamentos, al igual que cuando el Ministerio de Justicia simplificó los pasos para la designación de magistrados, fiscales, integrantes de la Corte Suprema, el cargo del Procurador General de la Nación, como del Defensor General de la Nación, se mencionó la necesidad de simplificar pasos burocráticos.

En lo que respecta a la adecuación reglamentaria para los jueces de 75 años, el Ministerio de Justicia señaló que es necesario estar alineados con esa simplificación del Decreto 467/2026 sobre los requisitos para designar jueces. Entienden que es indispensable trasladar el mismo criterio a la prórroga concedida a quienes soliciten seguir cinco años más en su cargo tras cumplir la edad que impone como límite la Constitución Nacional.

Se resolvió, en consecuencia, que los pedidos de prórroga/nuevo nombramiento para los jueces y fiscales que cumplen 75 años “se tramiten bajo estas mismas reglas ágiles”. Por ese motivo, se derogó la Resolución N° 226/2024 (el reglamento anterior) y se dictó uno nuevo en el cual se elimina esos supuestos pasos redundantes dentro del Ministerio de Justicia.

Según señalaron fuentes oficiales, la nueva reglamentación busca poner punto final a “zonas grises de la antigua normativa que posibilitó que se judicialicen casos, que haya litigios y conflictos institucionales”.

El mismo ejemplo se impone: el ex juez Irurzun acudió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para revertir la decisión del Poder Ejecutivo Nacional de no concederle la prórroga. Es lo que el Gobierno busca evitar con las modificaciones.

La Resolución 384/2026 lleva la firma del ministro Juan Bautista Mahiques con mayor exigencias al procedimiento que incluye: plazos anticipados para solicitar la prórroga, mayor cantidad de documentación que se exigirá durante el proceso de evaluación, como así también un arduo control fiscal a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Desde la cartera que dirige Mahiques se esgrimió la necesidad de “ordenar un sistema que estuvo atravesado por amparos, medidas cautelares, fallos contradictorios y demoras políticas” que generaron que algunos jueces sigan en sus cargos pese a haber alcanzado el límite de edad impuesto en la Constitución Nacional. Es decir, finalizar con las permanencias provisorias.

¿Cómo funcionará? El magistrado que pretenda seguir en su cargo deberá requerir la prórroga en el transcurso de los doce meses previo a cumplir los 75 años. Ya no se permitirá el inicio del trámite cerca del vencimiento del plazo.

En lo que concierne a la documentación, además del DNI y el título universitario los magistrados deberán presentar una declaración jurada patrimonial integral junto a un certificado emitido por los organismos competentes que acredite la inexistencia de sanciones disciplinarias firmes, pedidos de jury, juicios políticos o procesos de remoción en trámite.

Cuando esta instancia se cumpla, dará inicio a la instancia de publicidad. El pedido será publicado durante un día en el Boletín Oficial e incluirá un enlace para que cualquier ciudadano pueda consultar el currículum del postulante desde la página web del Ministerio de Justicia.

También tendrá intervención ARCA, a la que se le impuso un plazo de cinco días hábiles para emitir un informe sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias, impositivas y previsionales del magistrado.

Cuando toda esta etapa culmine, el Presidente de la Nación resolverá si envía o no el pliego al Senado para solicitar un nuevo acuerdo.

Lucía Salinas

Redactora de la sección Política, especializada en noticias judiciales. [email protected]

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