ANSES oficializó los montos de agosto: cuánto cobran los jubilados y pensionados desde el próximo mes
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó el aumento del 1,89% para jubilaciones, pensiones y otras prestaciones previsionales que regirá desde agosto de 2026. La actualización quedó establecida a través de la Resolución 232 y 233/2026, publicadas este jueves 30 de julio en el Boletín Oficial.
Con la nueva suba, el haber mínimo garantizado pasará a ser de $419.775,93, mientras que el haber máximo quedará fijado en $2.824.694,49. La medida impacta sobre los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y se aplicará sobre los pagos correspondientes al octavo mes del año.
A partir de agosto, los jubilados y pensionados que perciben el haber más bajo cobrarán $419.775,93 de acuerdo con lo dispuesto por ANSES. El incremento responde al esquema de movilidad vigente, que ajusta los haberes en función de la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
En este caso, la actualización del 1,89% surge de la variación del Nivel General del IPC correspondiente a junio de 2026, según el mecanismo establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/24.
Las resoluciones también fijaron otros montos previsionales que regirán desde agosto de 2026:
Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $335.853,70, el equivalente al 80% de la jubilación mínima en agosto.
Para obtener esta prestación, los adultos mayores deberán gestionar el trámite de manera online a través del portal oficial del organismo, Mi ANSES. Para ello, deberán ingresar con CUIL y Clave de Seguridad Social, y luego tendrán que revisar los datos personales y de sus familiares. Para ello, deberán acceder Información Personal > Datos personales y familiares.
Allí, tendrán que corroborar que los datos de contacto, como su número de teléfono y correo electrónico, estén actualizados y validados en Información Personal > Domicilio y datos de contacto. Después, deberán ingresar a Solicitud de Prestaciones > Pensión Universal para el Adulto Mayor y, una vez finalizada la solicitud, podrán verificar su estado en Información Personal > Consulta de expediente.
El Gobierno oficializó el pago de un bono extraordinario previsional de hasta $70.000 para agosto, destinado a los jubilados y pensionados de menores ingresos. El monto se mantiene sin cambios desde marzo de 2024, por lo que vuelve a perder peso dentro del ingreso mensual frente al avance de los precios.
La medida fue establecida mediante el Decreto 686/2026, firmado por el presidente Javier Milei y publicado este jueves en el Boletín Oficial. La norma dispone que el refuerzo se abonará durante agosto y fija nuevamente un monto máximo de $70.000.
El bono se sumará al incremento del 1,9% que recibirán las jubilaciones y pensiones, correspondiente a la inflación de junio. Con esa actualización, el haber mínimo pasará a aproximadamente $419.776, por lo que los beneficiarios que accedan al refuerzo completo cobrarán cerca de $489.776 en agosto.
Aunque los haberes previsionales se actualizan mensualmente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el bono no forma parte de la fórmula de movilidad. Por ese motivo, permanece fijo mientras la jubilación básica aumenta con la inflación.
El refuerzo de $70.000 será pagado en su totalidad a quienes, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, cobren un monto igual o inferior al haber mínimo previsional.
ANSES digitalizó el acceso al historial de recibos de haberes para jubilados y pensionados
Los jubilados y pensionados que cobren más que la mínima, pero menos que la suma del haber mínimo y los $70.000, recibirán un bono proporcional hasta alcanzar ese límite.
Por ejemplo, si un beneficiario percibe un haber de $460.000, cobrará un refuerzo cercano a $29.776 para llegar al ingreso máximo garantizado de aproximadamente $489.776.
El decreto aclara que el bono tendrá carácter no remunerativo, no sufrirá descuentos y tampoco será computado para ningún otro concepto. Los beneficios deberán encontrarse vigentes durante el mes de liquidación. En el caso de las pensiones compartidas, todos los copartícipes serán considerados como un único titular para determinar el pago del beneficio.