¿Puede Cristina Kirchner revertir su condena por corrupción con su nueva presentación?
Cristina Kirchner realizó una presentación ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (ONU), bajo la premisa de haber sido víctima de una “violación de derechos políticos y proscripción”. De esta manera, se refirió la ex Presidenta a la causa por la cual se encuentra presa en cumplimiento de la condena por corrupción. ¿Puede un dictamen de este Comité alterar su situación procesal? Fuentes judiciales, sostienen que ese órgano no se contempla como “una cuarta instancia de apelación” y que la palabra final en nuestro ordenamiento jurídico “es la de la Corte Suprema, que hace un año ya se pronunció”.
A lo largo de una Carta Abierta, la ex Jefa de Estado anunció la designación de nuevos abogados que se suman a Carlos Beraldi para reclamar por su situación procesal ante el Comité específico de la ONU. Entre sus principales argumentos, vuelve a reiterar que la causa Vialidad, donde está condenada por administración fraudulenta en perjuicio del Estado, responde a una “persecución política “.
Cristina argumenta que la pena busca su “proscripción perpetua” para ‘excluirla de la vida política y limitar la oferta electoral, siendo esta la ‘pena principal’ e impidiéndole al pueblo elegir libremente”.
El 14 de junio, la ex Presidenta cumplió un año desde su detención bajo la modalidad de arresto domiciliario, en cumplimiento de la sentencia del caso Vialidad. Por delante le quedan aún cinco años para cumplir la totalidad de la pena.
¿Puede la expresidenta revertir su situación procesal yendo ante la ONU? La jurisprudencia -indicó una alta fuente judicial- refiere al fallo Fontevecchia: “la Corte Suprema es la última palabra en la Argentina sobre la Constitución Nacional’.
Una fuente judicial brindó un ejemplo concreto: “En la dictadura, por ejemplo, lo que decía el Comité de la ONU tenía un valor real y jurídico, porque no había Estado de derecho”.
Otra mirada se suma al análisis de la situación: “La situación de Cristina Kirchner pasó por todas las instancias; pasaron casi 20 jueces por este expediente”.
Efectivamente, en el caso Vialidad intervinieron en diversas instancias más de 16 funcionarios judiciales que coincidieron en avalar la existencia de la maniobra delictiva que se construyó a través de las 51 licitaciones viales adjudicadas a Lázaro Báez (ex socio comercial de Cristina Kirchner).
Cristina descree del proceso jurídico. En su presentación ante la ONU insiste en que fue víctima de una “violación de garantías judiciales e instrumentalización del Sistema Penal (Lawfare)”. Cuando el TOF 2 dictó sentencia, desarmó la tesis del lawfare y explicó que a lo largo del juicio se expusieron los elementos de pruebas que daban sustento a la acusación de administración fraudulenta en perjuicio del Estado.
Sobre ese argumento sobre el cual elaboró a lo largo del proceso judicial su defensa, un juez de Comodoro Py señaló: “Entre primera instancia, Cámara de Apelaciones, Cámara de Casación y la Corte Suprema de Justicia, intervinieron 17 jueces, camaristas, ministros y fiscales, es difícil pensar una conspiración de tantos”.
Un magistrado con larga trayectoria en los Tribunales de Retiro brindó a Clarín su mirada sobre la estrategia de la ex Presidenta de acudir ante la ONU con su reclamo. “Los dictámenes de tribunales internacionales no son vinculantes para el ordenamiento interno. Lo dijo la Corte Suprema nacional en reiteradas oportunidades, en el caso Fontevecchia entre otros. Muy excepcionalmente tuvo alguna entidad, cuando la violación a la garantía constitucional era palmaria”.
El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas es el órgano de expertos independientes que “supervisa el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) por parte de los Estados que lo han ratificado”.
A diferencia del Consejo de Derechos Humanos de la ONU (que es un cuerpo político integrado por representantes de Gobiernos), el Comité “está formado por 18 expertos de reconocido prestigio en materia de derechos humanos que actúan a título personal y no en representación de sus países”.
El abogado Andrés Gil Domínguez manifestó a Clarín que esta decisión “no modifica en nada la situación actual de Cristina: sólo se acude a una instancia internacional y después hay que ver si admiten la denuncia y qué sucede cuando resuelven el fondo”.
Entre las principales funciones del Comité se encuentran las comunicaciones o denuncias individuales, como realizó Cristina Kirchner. En tal caso, el Consejo evalúa denuncias en las que se reclaman supuestas violaciones a sus derechos civiles y políticos: como el debido proceso, la libertad de expresión, la igualdad ante la ley o los derechos políticos, a manos de un Estado.”
Las decisiones del Comité sobre casos individuales “no son dictámenes o sentencias ejecutables de forma directa como las de un tribunal penal local o una corte internacional (como la Corte Interamericana de Derechos Humanos)”, que en tal caso, remarca otro magistrado “tampoco son vinculantes para el sistema jurídico de la Argentina”, coinciden en Comodoro Py.
Gil Domínguez expresó: “En este caso, la Comisión sólo revisaría el debido proceso y el derecho a ser elegida producto de la inhabilitación absoluta”, que son los ejes de la presentación de la ex mandataria.
Ante la consulta de Clarín, el constitucionalista Félix Lonigro planteó: “Lo que está haciendo Cristina Kirchner merece un título: ‘manotazo de ahogada’. Nada logrará con ir a los escenarios internacionales, más que agitar las aguas a nivel político e internacional, revivir la teoría conspirativa del "lawfare", y aprovechar las groserías internacionales de Milei para darle a esta movida un sesgo de cierta lógica”.
A nivel internacional, hay dos posibilidades: la instancia del Pacto de San José de Costa Rica en el contexto de la OEA (Comisión Interamericana y Corte Interamericana), o la instancia de los Comités especializados de las Naciones Unidas. “La primera la tiene vedada porque se exige la presentación, en la Comisión, en un plazo de seis meses, los cuales ya transcurrieron desde que la condena quedó firme. Por eso pretenden ir por la otra vía. Será inútil, porque nuestra Corte ya tiene dicho en el caso Fontevecchia, que no hay cuarta instancia de apelación, y que no hay instancia superior a la Corte”, indicó Lonigro.
Respecto a la inhabilitación para el ejercicio de derechos políticos, -continuó el letrado- “nada podrá hacer un organismo internacional, cuando se trata de una sanción impuesta por el Congreso en ejercicio de su competencia, como accesoria a toda pena de más de tres años. No fue una inhabilitación especial para Cristina Kirchner”.
La presentación que Cristina interpuso ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU busca anular la condena por administración fraudulenta e inhabilitación perpetua bajo un argumento central: la vulneración sistemática del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
El escrito al que accedió Clarín expone un abanico técnico minucioso sobre el que se sostiene el reclamo.
En primer lugar hace mención a la "proscripción" y los derechos políticos (Art. 25). Desde la óptica de la expresidenta, todo el proceso judicial tuvo un “único e indiscutible telón de fondo: sacarla del juego electoral”.
La inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos es catalogada en el escrito como una “restricción arbitraria diseñada a medida para impedir cualquier candidatura futura”.
Como segundo eje, establece que hubo violaciones a las garantías del debido proceso (Art. 14). La presentación ataca la génesis del expediente. Los abogados apuntan a supuestos mecanismos de *forum shopping* en la asignación de tribunales, la falta de jueces naturales y la presunta parcialidad de magistrados y fiscales por sus vínculos con dirigentes de la oposición.
A esto se suma el reproche sobre la presunción de inocencia —asegurando que el clima político operó con una condena preexistente— y las severas limitaciones para ejercer una defensa en pie de igualdad, cuestionando la incorporación de pruebas por "conexión" sin posibilidad real de contradicción.
Otro de los planteos refiere a algo reiterado: el caso ya fue juzgado en otro momento. Advierte que 49 de las 51 obras viales investigadas en el juicio ya habían pasado por el escáner de los tribunales en expedientes anteriores que terminaron archivados o con sobreseimientos, configurando —según la postura kirchnerista— un doble juzgamiento por los mismos hechos.
Finalmente, apunta contra la Corte Suprema de Justicia, al considerar que un máximo tribunal reducido a tres integrantes al momento de definir el caso, establece una “falta de un recurso judicial verdaderamente independiente y efectivo”, cuestionando incluso que magistrados cuestionados hayan intervenido en planteos sobre sus propias recusaciones.
En paralelo al reclamo formal en Ginebra, la estrategia legal incluye un pedido urgente de medidas cautelares.
Cristina Kirchner no solo exige que se suspenda de inmediato su inhabilitación perpetua y que se reactive la integración legal de la Corte, sino que apunta directamente a las condiciones cotidianas de su arresto domiciliario.
Bajo la lupa de los tribunales federales, el reclamo en esta materia exige el retiro de la tobillera electrónica, el cese de las restricciones a las visitas, la garantía de acceso al aire libre y un trato igualitario frente a otros detenidos, exigiendo además que las fuerzas de seguridad federales no le endilguen responsabilidades a ella por las masivas movilizaciones de militantes que se concentran en las puertas de su domicilio.
Redactora de la sección Política, especializada en noticias judiciales. [email protected]
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