Alerta por estafas virtuales que vacían cuentas bancarias: qué es lo que nunca se debe hacer, según el BCRA
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) emitió una serie de recomendaciones para prevenir fraudes virtuales que permiten a los estafadores acceder a cuentas bancarias y realizar operaciones sin el consentimiento de sus titulares. La advertencia surge a partir de la detección de maniobras que utilizan aplicaciones de acceso remoto como herramienta principal para cometer el delito.
Según explicó el organismo, una de las modalidades más frecuentes consiste en pedirle a la víctima que instale una aplicación con el argumento de “verificar su identidad” o “solucionar un problema con su cuenta”. A través de ese software, los estafadores logran ingresar a la pantalla del dispositivo, acceder a las cuentas bancarias y operar en nombre de la persona sin que esta lo advierta.
El BCRA fue categórico respecto de este punto: los bancos y los organismos públicos no solicitan la descarga de aplicaciones externas como parte de ningún trámite. Por lo tanto, cualquier pedido de este tipo debe interpretarse como un indicio de fraude.
Frente a esta situación, el organismo recomendó desconfiar de todo pedido de instalación de software o de enlaces recibidos por chat, sin importar el canal por el que lleguen. La sugerencia es cortar el contacto de inmediato y ser la propia persona usuaria quien se comunique con la entidad, pero a través de los canales oficiales, y no de los que ofrezca quien contactó primero.
En caso de que la aplicación ya haya sido instalada o de que se hayan compartido datos personales o bancarios, el BCRA indicó que corresponde contactar de inmediato al banco y realizar la denuncia correspondiente ante la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (Ufeci), a través de la casilla [email protected]. El organismo también pidió difundir esta información para que un mayor número de personas pueda identificar este tipo de prácticas y evitar caer en ellas.
Además de las estafas vinculadas al acceso remoto, el BCRA difundió pautas para actuar cuando, al revisar el resumen de la tarjeta de crédito, aparece un consumo que no se reconoce o que figura duplicado. El primer paso es revisar con atención el resumen, identificando la fecha, el comercio y el comprobante de cada operación cuestionada. El organismo aclaró que, si el cargo corresponde a un fin de semana o a un feriado, puede figurar con la fecha del día hábil siguiente, y que algunos comercios tienen una razón social que no coincide con el nombre de fantasía con el que habitualmente se los identifica.
Antes de desconocer un consumo, se recomienda confirmar si alguna persona con una extensión de la tarjeta realizó esa compra. Si el cargo sigue sin poder identificarse, el paso siguiente es comunicarse con el banco o con la empresa emisora de la tarjeta para solicitar el bloqueo del plástico y desconocer formalmente el consumo. En ese contacto es necesario registrar el reclamo y conservar el número de trámite que otorgue la entidad, ya que ese dato será clave para eventuales instancias posteriores. También se sugiere consultar con la entidad de qué manera proceder con el pago del resumen mientras se analiza el consumo cuestionado.
El BCRA precisó que, si transcurrieron al menos diez días hábiles desde la presentación del reclamo ante la entidad sin obtener respuesta, o si la solución ofrecida no resulta satisfactoria, el titular de la tarjeta puede iniciar el trámite de reclamo ante el propio Banco Central.
El Banco Central detalló qué pasos deben seguir quienes atravesaron una situación de fraude o estafa vinculada a productos o servicios financieros y no obtuvieron una respuesta satisfactoria por parte de la entidad involucrada. Este mecanismo está dirigido a personas que utilizan los servicios de bancos, compañías financieras o emisoras de tarjetas de crédito en beneficio propio o de su grupo familiar o social, sin fines comerciales.
El BCRA actúa como segunda instancia de resolución. Esto significa que, en primer lugar, el reclamo debe gestionarse ante la entidad financiera o la emisora de tarjeta involucrada. Si la respuesta no resulta satisfactoria o el problema persiste, recién en ese momento el caso puede presentarse ante el Banco Central. En caso de que el inconveniente continúe sin resolverse, el reclamo se deriva a la Dirección Nacional de Defensa al Consumidor y Arbitraje del Consumo.
Entre las situaciones comprendidas por este trámite se encuentran las transacciones que la persona usuaria no reconoce, la vulneración del acceso al homebanking, a aplicaciones bancarias o a billeteras digitales, y los movimientos, transferencias, compras, retiros de dinero o solicitudes de préstamos realizados sin autorización.
Para que el BCRA pueda dar curso al reclamo, es necesario cumplir con una serie de requisitos. En primer término, haber presentado previamente un reclamo formal ante la entidad financiera o emisora de tarjeta, dejando constancia del problema. Además, deben haber transcurrido al menos diez días hábiles desde esa presentación sin haber obtenido una solución, o habiendo recibido una respuesta considerada insatisfactoria.
También se requiere contar con determinada documentación: el número de reclamo asignado por la entidad, una copia del reclamo inicial presentado, una copia de la respuesta de la entidad en caso de que exista, imágenes del Documento Nacional de Identidad, tanto del anverso como del reverso, y una descripción clara de las operaciones consideradas fraudulentas o no autorizadas, con sus fechas, montos, canales y tipo de transacción.
El BCRA recomendó, en primer lugar, comunicarse de inmediato con el banco o proveedor financiero involucrado para solicitar medidas de protección, como el bloqueo de acceso a cuentas, la suspensión o baja de tarjetas, o el bloqueo de usuario en aplicaciones o billeteras digitales, y para dejar un registro formal del reclamo. También sugirió realizar, en la medida de lo posible, las denuncias policiales o judiciales correspondientes ante el organismo competente según el tipo de hecho y la jurisdicción.
El paso siguiente es presentar el reclamo formal ante la entidad financiera o emisora de tarjeta, a través de los canales habilitados, como la sucursal, el centro de atención, el sitio web o la aplicación, y conservar el número de reclamo asignado, la constancia de la presentación y cualquier comunicación posterior vinculada al caso.
Una vez transcurrido el plazo mínimo de diez días hábiles, y con la documentación reunida, la persona puede presentar el reclamo en línea ante el Banco Central a través del formulario web disponible en el sitio del organismo. Allí debe seleccionar la opción correspondiente a reclamo por fraude o estafa, completar los datos personales y de contacto, indicar la entidad financiera o emisora de tarjeta involucrada, el producto o canal afectado y el número de reclamo presentado ante la entidad, describir con precisión lo ocurrido y adjuntar la documentación requerida antes de enviar el formulario para dejar registrado el reclamo.