El fetiche de la Carta Orgánica del Banco Central
Somos, sin lugar a dudas, los campeones mundiales de la depreciación monetaria. La tuvimos con Rivadavia y con Rosas; con Mitre y Avellaneda; con Perón y con Aramburu; con Videla y con Alfonsín; con Kirchner y con Macri.
A lo largo de 200 años probamos todos los remedios y todas las recetas institucionales inventadas en otras latitudes para preservar la estabilidad monetaria. Nada funcionó.
El régimen más exitoso duró solo 15 años, de 1900 a 1914. ¿Por qué? La estabilidad monetaria requiere que la emisión de moneda se ajuste a la demanda del sector privado y no a las necesidades financieras del sector público.
Darle al Estado el monopolio exclusivo de emitir moneda es poner al zorro dentro del gallinero. La única manera de evitar que el Estado abuse de ese poder es que los gobiernos respeten las leyes que restringen su accionar.
Dos siglos de historia demuestran que no hay ley, norma ni Constitución que pueda disciplinar al Estado argentino. La Argentina padece anomia institucional crónica.
¿Qué significa esto? Que los gobiernos violan impunemente cualquier ley que restringe su accionar cuando lo consideran políticamente expeditivo. El Congreso y el Poder Judicial han sido cómplices del atropello. La excusa siempre es la misma: emergencia económica. Como si ningún otro país las tuviera.
Desde la creación del Banco de Buenos Aires en 1822, el Banco Nacional en 1826, la Casa de la Moneda en 1836, el Banco de la Provincia de Buenos Aires en 1854, el Banco Nacional de 1872, el Banco de la Nación Argentina de 1891, y el Banco Central de 1935, la historia ha sido siempre la misma. Todas estas instituciones se crearon con las mejores intenciones y con límites legales a la injerencia estatal y/o al abuso de la emisión. Sin embargo, al poco tiempo, los límites probaron ser ineficaces.
Todas las reformas monetarias argentinas, desde 1822 hasta hoy, han sido impulsadas por un voluntarismo basado en la creencia fetichista de que unas palabras escritas bastan para impedir que un gobierno abuse del poder de emitir moneda.
El problema monetario argentino es, en el fondo, el mismo que enfrentaron Locke y Montesquieu: cómo diseñar instituciones que impidan que el Estado abuse de un poder que la sociedad le ha delegado.
No se trata de cualquier poder. Como decía Alberdi: “el dinero es el poder de los poderes, como el poder más grande, pues se compone del dinero de todo el mundo. El banco de Estado es la máquina que pone ese poder en las manos del gobierno”.
Advirtió también que “mientras el Gobierno tenga el poder de fabricar moneda con simples tiras de papel que nada prometen, ni obligan a reembolso alguno, el “poder omnímodo” vivirá inalterable como un gusano roedor en el corazón de la Constitución misma”. Por eso consideraba que “el único poder regaliano que la Nación soberana no puede delegar en su gobierno” es el de emitir moneda, porque es el único que la emite “cada vez que la necesidad no le deja otro medio de obtener plata prestada”.
Esta advertencia es particularmente válida en países que no lograron imponer límites efectivos al poder del Estado, como es el caso de la Argentina. La solución no pasa por diseñar (o copiar) leyes perfectas. El problema de fondo es de naturaleza política y moral, no de ingeniería jurídica.
¿A qué viene todo esto? El Gobierno impulsa la modificación de la Carta Orgánica del BCRA, aprobada en 2012 durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner. Es cierto que es una mala Carta Orgánica que debe ser modificada, pero sería un grave error creer que un pedazo de papel que diga que el principal objetivo del BCRA es preservar la estabilidad de precios va a poner fin a nuestra historia inflacionaria. En Argentina, las leyes que imponen límites al Gobierno tienen muy corta vida. Basta ver la experiencia del último medio siglo.
Como no me canso de repetir, la independencia de facto del BCRA es una quimera. No importa lo que diga la ley, la Carta Orgánica o la Constitución, incluso si fuera reformada.
Además, la estabilidad monetaria ya es un mandato constitucional. El artículo 75, inciso 19, de la Constitución dice que le corresponde al Congreso “proveer lo conducente a la defensa del valor de la moneda”. ¿Qué significa esto? Algo muy simple: el Congreso no debe aprobar presupuestos deficitarios sin financiamiento genuino. Obviamente, nuestros legisladores no han cumplido su deber y no han pagado costo alguno por su incumplimiento.
¿Realmente alguien cree que una Carta Orgánica es un freno al Leviatán argentino? Terminemos con el voluntarismo ingenuo que nos ha llevado recurrentemente al fracaso. Solo con realismo podremos erradicar la inflación. Si hay una lección que aprender de 200 años de historia, es que es necesario divorciar al Estado de la moneda.
El autor es economista e historiador. Esta columna fue publicada en el blog del libro Dolarización: Una solución para la Argentina