Punto por punto: los detalles del contrato firmado por Jan De Nul y Servimagnus para gestionar la Hidrovía
El nuevo contrato que establece que Jan De Nul y Servimagnus operarán la Vía Navegable Troncal (VNT) durante los próximos 25 años fue recientemente firmado y se dio así el último paso para poner en marcha la licitación.
El concesionario se hará cargo de la realización de tareas de modernización, ampliación, señalización, dragado y redragado de la VNT. Abarca el tramo desde el kilómetro 1238 del río Paraná (punto denominado Confluencia) hasta el kilómetro 239 del Canal Punta Indio. Se trata de un corredor clave para el comercio exterior argentino, que necesita ponerse a tono con los buques mercantes de mayor porte, que requieren más calado para navegar con la carga completa.
En primer lugar, ya aparece en escena la nueva sociedad: Vía Navegable Argentina (VNA). La autoridad de aplicación es la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (Anpyn), a cargo de Iñaki Arreseygor, y el concedente, expresamente, “no será responsable por ningún hecho ocurrido en relación directa o indirecta con la realización de las tareas de la concesión”. Culmina así una etapa de cuatro años durante la cual la vía navegable pasó de la gestión privada a la estatal.
Después de una dura contienda no exenta de polémica, que incluyó un dictamen con duras advertencias de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), la firma del contrato se llevó adelante esta semana.
El cumplimiento de las obligaciones del concesionario será fiscalizado por la Autoridad de Aplicación y Control (Anpyn), o quien esta designe. Revisará los informes presentados por el concesionario y evaluará anualmente la ecuación económico-financiera de la concesión. Puede recomendar la modificación del cuadro tarifario.
También se podrá revisar “ante la solicitud fundada del concesionario, recabando la participación u opinión de los usuarios y entidades representativas de los sectores afines y obligados al pago”. Si esto no sucede, de todas maneras habrá una revisión cada 10 años.
Toda modificación del cuadro tarifario debe estar debidamente justificada por informes técnicos, económicos, financieros y legales previos que analicen el impacto en la ecuación económico-financiera de la concesión.
Un punto que generó controversia es el de la cesión del contrato. En su momento, DEME, la empresa que compitió contra Jan De Nul, dijo que tenía “socios” de Estados Unidos que, sin embargo, no se habían presentado en conjunto con la empresa en la licitación. Por otro lado, se hizo referencia a otros posibles y futuros socios de Jan De Nul, que la misma empresa belga desmintió.
En el contrato se deja claro que podrá cederse a un tercero de manera total o parcial, pero debe haber transcurrido el 20% del plazo original del contrato o de la inversión comprometida, lo que ocurra antes. Es la Autoridad de Aplicación la que debe autorizar la cesión.
Por otro lado, el concedente podrá realizar variaciones unilaterales en el contrato, en lo que respecta a la ejecución del proyecto. Pueden alcanzar un límite máximo del 20% del valor total del contrato. Tal como se especifica en el Anexo N°4, se pueden incluir, por ejemplo, trabajos de profundización u otras actuaciones de interés público que no estaban previstas originalmente en los pliegos de bases y condiciones.
Aunque en el contrato no se hace referencia al esquema de profundización, que es la médula de la licitación, se mantiene lo establecido en el pliego.
Otros ítems presentes en el contrato de VNA en el Contrato de Concesión de la Vía Navegable Troncal son:
1. Mantenimiento: debe asegurar la navegación de forma permanente (24 horas al día) en condiciones de absoluta normalidad, procediendo de inmediato a las tareas necesarias para conservarla en buenas condiciones de tránsito.
También es mandatario poner a disposición de la autoridad toda la información requerida para cumplir con el programa de integridad y alertar sobre posibles hechos de corrupción.
Estas obligaciones no incluyen que Vía Navegable Argentina asuma funciones de policía de seguridad, aduanera o de control ambiental, que quedan a cargo de Prefectura Naval Argentina, ARCA y autoridades ambientales, entre otras. Se trata de un punto especialmente sensible, ya que en la anulada licitación anterior había varias de estas obligaciones extra dragado y mantenimiento que encarecían la operación y provocaron la queja de los postulantes.
Las entidades la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR), la Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina – Centro de Exportadores de Cereales (Ciara-CEC), la Cámara de Puertos Privados Comerciales (CPPC) y la Cámara de Actividades Portuarias y Marítimas (Capym), destacaron la firma del contrato y también pidieron la pronta puesta en marcha del Consejo de Control de la VNT.
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