El Gobierno emitió una nueva Letra Intransferible para el BCRA por US$ 35 millones para cubrir intereses de deuda
El Gobierno dispuso la emisión de una nueva Letra Intransferible por unos u$s35 millones destinada al Banco Central de la República Argentina (BCRA), en el marco del esquema de administración de deuda en dólares y del mecanismo previsto para el reemplazo de compromisos financieros del Tesoro.
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La medida fue publicada en el Boletín Oficial del lunes 6 de julio, en la Resolución Conjunta 38/2026 entre las secretarías de Finanzas y Hacienda, en donde el Ejecutivo prevé la ampliación de un instrumento ya vigente para atender compromisos de intereses, con vencimientos inmediatos de letras en cartera del organismo monetario.
La decisión se enmarca en las disposiciones de la ley 24.156 de Administración Financiera y de la ley 27.798 de Presupuesto General 2026, que regulan las operaciones de crédito público y habilitan mecanismos específicos para la reestructuración de compromisos financieros del Estado.
En ese sentido, la Resolución recuerda que el artículo 55 de la ley 27.798 establece que parte de los servicios de amortización e intereses de letras intransferibles en dólares del BCRA pueden ser reemplazados por nuevos títulos públicos, emitidos a la par, con condiciones específicas de plazo y rendimiento.
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Dentro de este esquema, se detalló que el 60% de los intereses de dos instrumentos con vencimiento el 7 y el 8 de julio de 2026 será reemplazado mediante la emisión de un nuevo título, mientras que el 40% restante se abonará en efectivo, conforme lo establecido en la normativa presupuestaria vigente.
Según la Resolución Conjunta 38/2026, el monto total involucrado para la cancelación del 60% de los servicios de interés asciende a US$ 35.256.166, resultante de los vencimientos de la “Letra del Tesoro Nacional Intransferible en Dólares Estadounidenses vencimiento 7 de enero de 2034” y la correspondiente al 8 de enero de 2034.
Para cumplir con esos pagos, el Tesoro dispuso la ampliación de la emisión de la “Letra del Tesoro Nacional Intransferible en Dólares Estadounidenses vencimiento 30 de junio de 2031”, que será entregada al BCRA a la par, según lo establece el artículo 1° de la norma.
El texto oficial indica que la ampliación será por “un monto de hasta valor nominal original dólares estadounidenses treinta y cinco millones doscientos cincuenta y seis mil ciento sesenta y seis (VNO USD 35.256.166)”, destinado a ser suscripto por el Banco Central.
Asimismo, se establece que el instrumento devengará intereses desde la fecha de colocación, en el marco de lo previsto por el artículo 55 de la ley 27.798, que regula el tratamiento de estos pasivos entre el Tesoro y el BCRA.
La resolución también habilita a distintas áreas técnicas del Ministerio de Economía, como la Oficina Nacional de Crédito Público y direcciones vinculadas a la administración de deuda, a suscribir la documentación necesaria para ejecutar la operación.
En cuanto a la vigencia, el artículo 3° dispone que la medida entrará en vigor a partir del día de su dictado, sin establecer condiciones adicionales de implementación más allá de las previstas en la normativa presupuestaria.
Por último, la resolución fue firmada por el secretario de Finanzas, Federico Furiase, y el secretario de Hacienda, Carlos Guberman, quienes formalizaron la disposición que amplía la emisión de deuda intransferible en dólares destinada al Banco Central.