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clarin.com · hace 23 horas · Clarin.com - Home

El affaire AFA: otra oportunidad perdida en la búsqueda de transparencia

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La AFA es una asociación civil sometida —como todas las asociaciones civiles— al control estatal de la institución de fiscalización de su domicilio, que en el caso de la Capital Federal es la Inspección General de Justicia, según lo disponen la ley 22.315 y sus normas reglamentarias. Y ello ha sido así pacíficamente durante décadas.

Desde el año 2017 dicho organismo de control ha venido formulando observaciones a los estados contables y financieros que la AFA le presentaba, solicitándole a la institución aclaraciones y más información en relación con partidas globales contenidas en los mismos, que no eran explicadas con el detalle suficiente como para poder determinar si existían irregularidades en el accionar de la institución.

Durante estos años, de 2017 a 2024, la AFA nunca había respondido las observaciones, ni había brindado explicación alguna sobre estos rubros que, en conjunto, representaban más de 110 millones de dólares. Lo mismo ocurrió con la Superliga Profesional de Fútbol, otra asociación civil vinculada a la AFA y dirigida por sus autoridades, que es la administradora de contratos de transmisión televisión por sus balances de los años 2020 a 2024, y que tuvo ingresos superiores a los 450 millones de dólares.

Consecuentemente, la IGJ cursó intimaciones formales bajo apercibimiento de sanciones

Recién allí, tanto la AFA como la Superliga tomaron vista de las actuaciones y respondieron las intimaciones, por medio de una presentación brindando ciertas aclaraciones y aportando alguna documentación que no daba suficiente satisfacción a lo solicitado. También sus auditores concurrieron al organismo a responder preguntar de los inspectores.

Ante la insuficiencia de las explicaciones, y para poder determinar si habían existido desvíos en los manejos económicos y financieros de la AFA , o si se había desnaturalizado su función, la IGJ solicitó al Ministerio de Justicia la designación de veedores informantes para que investigaran la situación. El Ministerio designó dos veedores. La AFA se resistió a esa veeduría y nunca permitió a dichos veedores el acceso a sus oficinas ni a la documentación correspondiente.

En un reciente fallo la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, declaró la nulidad de la resolución ministerial y dejó sin efecto la veeduría dispuesta, convalidando —además— la inexistente mudanza de domicilio de la AFA a un baldío de la Provincia de Buenos Aires.

El sistema argentino de asociaciones civiles se basa en la existencia de organismos de fiscalización que controlen su accionar porque, debido a que se trata de instituciones autorizadas y controladas por el Estado, que persiguen como fin principal el bien común, tienen beneficios y privilegios al que otras personas jurídicas privadas no pueden acceder.

La situación se agrava por el hecho de que diversas causas judiciales investigan eventuales y supuestos hechos de corrupción que se vincularían con la administración de la AFA con contratos en exterior, posibles desvíos de fondos, y otras irregularidades por otros cientos de millones de dólares.

La veeduría solicitada por la IGJ y posteriormente dispuesta por el Ministerio de Justicia, no constituye una intervención de la entidad ni un desplazamiento de sus autoridades, sino un mero mecanismo de fiscalización destinado a obtener información, verificar documentación y elaborar informes técnicos. Ello no interfiere con el manejo ordinario de la administración de la AFA, ni en los torneos, la selección, ni en el gobierno de la entidad. Los veedores solo “miran” e informan.

En organizaciones que administran recursos significativos y desempeñan una función social relevante, los mecanismos de supervisión contribuyen a la rendición de cuentas y a la mejora de las prácticas de gobierno corporativo. La actuación de los veedores podía servir para esclarecer los hechos, validar los procedimientos correctos, impugnar los incorrectos y también para recomendar correcciones cuando fueran necesarias.

La decisión de la Cámara Civil de dejar sin efecto la veeduría y convalidar el cambio de domicilio de la AFA a un baldío abandonado de la zona de Pilar, para permitir que esa institución se cobije en la Provincia de Buenos Aires, donde sus autoridades nada le han preguntado por lo ocurrido entre 2017 y 2025 y que presumiblemente nada le preguntarán sobre los estados contables y financieros futuros, significa blindar el acceso a la información relevante de una institución significativa, dar cobijo al engaño de una falsa mudanza destinada exclusivamente a eludir controles y constituye una burla para la población.

¿Ya nadie podrá conocer —entonces— si lo que la AFA percibió en el exterior por partidos de la selección, sponsorización y otros ingresos, llegaron efectivamente a las arcas de esa asociación civil ni cuál fue su destino real?

¿Tampoco podrá conocerse quiénes fueron las personas que viajaron pagados por la AFA en todos esos años gastando millones de dólares en pasajes de avión y hoteles; y tampoco las compras e inversiones hechas por la institución o por terceros con fondos de la entidad para adquirir inmuebles, automotores y otros bienes o pagar sus servicios?

Las incógnitas son muchas; y ¿nada se sabrá tampoco respecto de la falsa Universidad de la AFA y los fondos asignados a esa iniciativa?

Es de esperar que la Corte Suprema pueda revisar y dejar sin efecto este fallo tan negativo como inexplicable que ha intentado poner fin al “affaire” AFA”, blindando un pasado y un presente tan tristes y cuestionables en la administración de la asociación civil más importante de nuestro país y que constituye un símbolo para todos los argentinos.

Daniel Roque Vítolo

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