La Justicia ordenó a la ANSES efectivizar la restitución de la pensión de Cristina Fernández como viuda de Néstor Kirchner
El fallo que restituyó el beneficio data de febrero de este año. Ahora, el nuevo documento establece un plazo de 10 días para cumplir con la orden.
Tras varios idas y vueltas, la Justicia intimó a ANSES a que restituya efectivamente la pensión por fallecimiento de Néstor Kirchner a la expresidenta Cristina Kirchner. La misma había sido dada de baja en 2024 y, en febrero de este, la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social había aceptado ya el recurso presentado por la dirigente peronista y había dispuesto la suspensión parcial de la resolución del organismo estatal previsional.
Ahora, el documento establece un plazo de 10 días para que la demandada "de cumplimiento de lo resuelto por la Sala III" en el mencionado fallo.
El documento fue publicado este miércoles y lleva la firma de la jueza federal Karina Alonso Candis y establece la fecha para la restitución "bajo apercebimiento de ejecución".
"Déjase expresamente aclarado que la presente intimación se limita al cumplimiento de la medida cautelar en los términos en que fue concedida por el Superior, no comprendiendo el pago de sumas retroactivas ni intereses, por no haber sido ello materia de decisión en la medida cautelar otorgada", sentencia el documento.
Originalmente - en febrero - la Cámara Federal de la Seguridad Social había dictado un nuevo pronunciamiento en la causa que involucra la suspensión de beneficios previsionales de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, al declarar y ordenar “suspender los efectos de la resolución 2024-1092-ANSES, en relación al beneficio derivado del fallecimiento de quien en vida fuera su esposo, mientras dure la sustanciación del presente juicio”. La jueza Nora Dorado no intervino en el fallo por encontrarse de licencia.
En su fallo de febrero, el tribunal aseguró que ANSES no podía retirar las pensiones de la exPresidenta por “cuestiones de honor”.
El tribunal sostuvo que la ANSES no podía dar de baja la pensión de manera definitiva, sino que en todo caso correspondía su suspensión, y cuestionó la decisión de eliminar ambos beneficios con fundamentos vinculados a “cuestiones de honor”.
En paralelo, la Cámara avaló la quita de la asignación vitalicia como presidenta de la Nación, al considerar que la condena dictada en la causa Vialidad habilitó ese tipo de decisión administrativa.
El expediente se inscribe en una secuencia de resoluciones que comenzó en noviembre de 2024, cuando la jueza Karina Alonso Candis, titular del Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 1, rechazó una medida cautelar presentada por la defensa de la exmandataria para frenar la eliminación de las prestaciones. Esa decisión fue apelada por la defensa, a cargo del abogado Fernández Pastor en materia previsional, lo que derivó en la intervención de la Cámara.
La medida del organismo previsional se había adoptado luego de que la Cámara Federal de Casación Penal confirmara la condena en la causa Vialidad, por la cual la exmandataria actualmente cumple prisión domiciliaria en el departamento de San José 1111, en el barrio porteño de Constitución.
Más recientemente, la Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó en abril un recurso extraordinario presentado por la ANSES contra la restitución de la pensión, dejando firme esa resolución. El Gobierno, en tanto, anticipó que llevará el caso a la Corte Suprema.
En su resolución, el tribunal reiteró que la pensión no podía ser dada de baja sino, eventualmente, suspendida, y volvió a señalar como improcedente la eliminación de ambas prestaciones bajo el argumento de “cuestiones de honor”. No obstante, ratificó la validez de la suspensión de la jubilación de privilegio por el cargo de presidenta, al considerar que la condena judicial habilita esa medida.
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