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ambito.com · hace 22 horas

La CNV flexibilizó restricciones a ALyCs para operar dólar CCL

ámbito.com

La entidad que regula el mercado de capitales doméstico dejó sin efecto una norma que le impedía a los brokers no quedar neto comprados en dólares usando cauciones.

La CNV flexibilizó restricciones para la operatoria del dólar CCL.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) flexibilizó una normativa que restringía las posibilidades de las sociedades de bolsa (ALyCs) para operar dólar CCL. Según la entidad que regula el mercado de capitales doméstico, lo hizo "en concordancia con el contexto económico financiero imperante".

"El Directorio de CNV aprobó hoy la RG N° 1152, en el marco del proceso de normalización y flexibilización del mercado de capitales que impulsa, readecuando determinadas reglamentaciones en materia de operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera de las ALyCs en determinados supuestos. Asimismo, se deja sin efecto el Criterio Interpretativo (CRI) N° 99", explicó la CNV en un comunicado emitido este miércoles.

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Vale recordar que en septiembre de 2025 la CNV emitió el CRI 98, con el objetivo de aclarar que la restricción para operar dólar CCL con cauciones sí alcanzaba a las ALyCs, además de personas humanas y jurídicas. Por la confusión generada entre los inversores, tuvo que salir a emitir el CRI 99 que, adicionalmente a la restricción que contenía el 98, aclaró que esta opera exclusivamente para la cantidad neta de moneda extranjera a liquidar, la que no podrá en el conjunto de esas cuentas y subcuentas generar saldo a cobrar.

Con esta normativa, la CNV mantuvo la prohibición pero dejó en claro que se aplica solo a la cartera propia de las ALyCs financiada en pesos. Es decir, los brokers no podían quedar neto comprados en dólares usando cauciones, aunque la medida no afectó a los clientes ni obligó a desprenderse de bonos previos.

A través de la nueva RG se flexibiliza, mediante nuevas excepciones, la limitación para realizar operaciones de venta de bonos con liquidación en dólares, tanto en jurisdicción local como jurisdicción extranjera, para la cartera propia de los ALyC y AN, cuando dichos agentes mantengan, en moneda local, posiciones tomadoras de cauciones y/o pases y/o cualquier tipo de financiamiento a través de operaciones en el ámbito del mercado de capitales.

El presidente de la CNV, Roberto Silva, destacó que “clarificamos las excepciones existentes para ALyCs y ANs y agregamos nuevos supuestos procurando, siempre dentro de la normativa vigente, no afectar las operaciones de los agentes”.

En tal sentido, adicionalmente a la excepción intradiaria que contenía el CRI 99 (el cual queda sin efecto), se incorpora una nueva excepción respecto a la referida limitación, permitiéndose a las ALyCs y AN la venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera para su cartera propia para recomponer su posición en moneda extranjera dentro del 15% de su patrimonio neto (una vez descontado el patrimonio mínimo regulatorio) y con cierto límite diario.

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