El Gobierno oficializó una nueva baja de retenciones a los granos y subproductos
El Gobierno nacional oficializó una nueva baja de las retenciones para granos y subproductos mediante el Decreto 423/2026, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Caputo.
La medida contempla una reducción inmediata de dos puntos porcentuales en las retenciones aplicadas al trigo y la cebada, que comenzará a regir desde este jueves, por lo que la alícuota quedará en 5,5%. Según el Ejecutivo, la decisión apunta a fortalecer la competitividad de ambos cultivos e incentivar la siembra de la campaña de invierno.
Para el resto de los cultivos (soja, maíz, girasol y sorgo, junto con sus subproductos) se estableció un esquema de reducción progresiva que se extenderá entre enero de 2027 y diciembre de 2028.
En el caso de la soja y sus derivados, el cronograma prevé una baja mensual de 0,25 puntos porcentuales desde enero de 2027 y de 0,5 puntos porcentuales mensuales a partir de enero de 2028.
De esta manera, cuando concluya el primer mandato del Gobierno, la alícuota para el grano de soja quedará en 21%, y a fines de 2028, en 15%. En tanto, para los subproductos sojeros, como son el caso de la harina y aceite, los principales complejos exportadores del país, la alícuota quedará en 19,5% en 2027 y 13,5% en 2028. Y el biodiésel, en 18% y 12%, respectivamente.
Para el maíz y el sorgo, en tanto, la reducción del impuesto será también de 0,25% pero trimestral. En el primer trimestre de 2027 las alícuotas bajarán de 8,5% a 8,25% y finalizarán ese año en 7,5%. Luego, en 2028, el recorte será de 0,5 puntos por trimestre, por lo que ambos cultivos cerrarían ese ciclo con una carga del 5,5%.
En cambio, el girasol tendrá un esquema semestral. Desde el actual 4,5%, descenderá a 4,25% en el primer semestre de 2027 y luego a 4% en la segunda mitad del año. Durante 2028, la reducción será de 0,5 puntos por semestre: pasará a 3,5% en los primeros seis meses y terminará el año en 3%.
Además, el decreto habilita desde ahora el registro de Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) para embarques previstos a partir de enero de 2027, permitiendo que esas operaciones tributen las nuevas alícuotas reducidas. De acuerdo con el Gobierno, esto facilitará la planificación comercial y la concreción de negocios futuros sin necesidad de esperar la entrada en vigencia de cada tramo de la desgravación.
La sorpresa en el decreto fue la inclusión de la baja de retenciones al 0% para el biodiésel elaborado a partir de aceites alternativos, como colza, cártamo, carinata y camelina. La medida busca impulsar nuevas cadenas de valor vinculadas a los biocombustibles y fomentar el desarrollo de combustibles sostenibles para la aviación (SAF), un segmento que registra una creciente demanda internacional.
En los fundamentos del decreto, el Gobierno sostiene que el sector agroindustrial constituye una de las principales fuentes de generación de divisas, empleo y desarrollo regional del país, por lo que considera necesario profundizar las políticas destinadas a mejorar su competitividad.
Asimismo, recuerda que durante 2025 ya se habían aplicado reducciones permanentes de retenciones mediante los decretos 526 y 877, y afirma que aquellas medidas tuvieron como objetivo impulsar las exportaciones y el ingreso de divisas.
La administración nacional ratificó además su postura de considerar a los derechos de exportación como un “impuesto distorsivo” que debe ser eliminado. En ese sentido, señaló que la reducción continuará avanzando de manera gradual y en función de la disponibilidad de recursos fiscales, con el propósito de no comprometer el equilibrio de las cuentas públicas.
Según los considerandos, la diferenciación entre cultivos de invierno y de verano responde a los distintos calendarios productivos y a la necesidad de que las rebajas estén vigentes al momento de la comercialización de las cosechas. De esta manera, el Gobierno busca compatibilizar su objetivo de avanzar hacia la eliminación de las retenciones con una trayectoria gradual que preserve el superávit fiscal.
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