El Gobierno simplificó trámites para las empresas extranjeras que quieran invertir en el país
El Gobierno avanzó con una nueva desregulación para facilitar el desembarco de empresas extranjeras en la Argentina. A través de una resolución publicada este martes en el Boletín Oficial, la Inspección General de Justicia (IGJ) eliminó una serie de requisitos burocráticos que hasta ahora debían cumplir las sociedades constituidas en el exterior para inscribirse y operar en el país.
“Pedíamos certificados, reformas estatutarias, declaraciones negativas, ¡traducciones certificadas de toda la historia societaria! Lo más loco es que nada de esto lo requería la ley”, repasó el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, para destacar los cambios anunciados.
El funcionario explicó que la resolución 4/2026, rubricada por Alejandro Ramírez, director de la IGJ, “detona esa locura derogando el 67% del articulado del régimen anterior (29 de 41 artículos)”. El resto de los trámites se simplificó. Entre los requisitos que exigirá la ley, quedaron aquellos que tienen una “función real del control”, como certificados de vigencia, estatuto, designación de representantes y dos declaraciones juradas.
En uno de los considerandos se aclaró que simplificar no es desregular por desregular: “Cada modificación introducida responde a la verificación de que el requisito eliminado o flexibilizado no cumple ninguna función útil de tutela que no esté ya satisfecha por otros medios, o impone costos desproporcionados respecto del beneficio que genera”.
A partir de ahora, las empresas extranjeras deberán presentar un certificado de vigencia emitido por la autoridad de su país de origen, el estatuto social vigente, la designación de un representante legal en la Argentina y las declaraciones juradas vinculadas con beneficiarios finales y personas políticamente expuestas.
Uno de los cambios más relevantes es que ya no será necesario presentar toda la historia societaria de una compañía para acreditar su existencia. La nueva normativa permite reemplazar la sucesión de reformas estatutarias por el texto ordenado vigente, sin requerir las copias y traducciones de todos los documentos anteriores, aunque deberá estar certificado notarialmente o por la autoridad registral de la jurisdicción de origen.
También se habilita la presentación de documentación digital apostillada, evitando el envío de originales en papel desde el exterior, y se permite tramitar en forma simultánea la inscripción de una sociedad extranjera y la constitución de una sociedad local en la que participe.
“La atracción de inversión extranjera directa requiere un marco regulatorio predecible, accesible y homologable con los estándares internacionales vigentes, con la simplicidad y claridad de los procedimientos registrales que constituyen factores determinantes en las decisiones de localización de estructuras societarias”, se agregó en el texto con las modificatorias.
Desde el Gobierno sostienen que el esquema anterior generaba costos elevados para las compañías. De acuerdo con cálculos que compartió Sturzenegger en sus redes sociales, algunas empresas debían gastar más de US$100.000 en traducciones, fotocopias certificadas y apostillas para completar el proceso registral.
“En gran medida es por medidas como esta que queda atrás el chamuyo de la cigarra con el que nos engañaron tanto tiempo [en alusión a la fábula]. Llegó el tiempo de construir granito por granito como la hormiga”, cerró el ministro, quien aseguró que ahora la Argentina tendrá la misma carga burocrática que países como España y Alemania.
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