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ambito.com · hace 8 horas

La CNV modificó normas sobre auditorías y transferencias de fondos

ámbito.com

La resolución introduce cambios en los mecanismos de control interno, delega facultades sobre registros de auditores y corrige aspectos vinculados al sistema de prevención de lavado de activos.

Uno de los principales cambios apunta a agilizar los trámites de inscripción y cancelación del Registro de Auditores Externos y de Asociaciones de Profesionales Auditores.

Uno de los principales cambios apunta a agilizar los trámites de inscripción y cancelación del Registro de Auditores Externos y de Asociaciones de Profesionales Auditores.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) oficializó este jueves una serie de modificaciones regulatorias vinculadas al mercado de capitales, los registros de auditores y los mecanismos de prevención de lavado de dinero. La medida fue publicada en el Boletín Oficial mediante la resolución general 1140/2026 y entrará en vigencia mañana.

Uno de los principales cambios apunta a agilizar los trámites de inscripción y cancelación del Registro de Auditores Externos y de Asociaciones de Profesionales Auditores. Para ello, la CNV resolvió delegar esas facultades en la Subgerencia de Control de Auditores, con el objetivo de dotar de “mayor celeridad” a las decisiones administrativas.

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Según explicó el organismo, la modificación se enmarca dentro del esquema de delegación interna de funciones aprobado previamente por la resolución general 1112, que trasladó decisiones técnicas y operativas desde el Directorio hacia distintas gerencias y subgerencias.

La resolución también introdujo cambios en el régimen de transferencias de fondos dentro del sistema de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. En ese punto, la CNV corrigió un error material detectado en la reciente resolución general 1139 y redefinió las condiciones para la recepción de fondos de clientes por parte de agentes de liquidación y compensación vinculados a actividades agropecuarias.

El nuevo texto establece que los fondos deberán provenir de cuentas bancarias o CVU de titularidad del cliente y garantizar la identificación y trazabilidad de las operaciones. Además, contempla situaciones específicas para agentes que desarrollen actividades de corretaje de granos y operaciones agroindustriales, permitiendo que determinados fondos puedan ser canalizados hacia el mercado de capitales bajo requisitos estrictos de identificación de origen y beneficiarios.

Por otra parte, la resolución amplió las facultades delegadas en distintas áreas técnicas del organismo. Entre ellas, la Gerencia de Registro y Control podrá aplicar advertencias formales por incumplimientos administrativos e intervenir en inscripciones y cancelaciones de registros vinculados a proveedores de servicios de activos virtuales.

También se otorgaron atribuciones a las áreas de control societario y contable para aprobar reformas estatutarias, cambios societarios y autorizaciones vinculadas a registros digitales previstos en la Ley General de Sociedades.

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