Un fallo judicial ordena al PAMI y al Ministerio de Salud a “normalizar” los pagos por discapacidad
CÓRDOBA.- En medio del debate público y político nacional por las demoras en pagos y recortes de fondos para prestaciones de discapacidad, el juez federal de Córdoba Hugo Vaca Narvaja ordenó al PAMI y al Ministerio de Salud de la Nación (mediante el programa Incluir Salud) “normalizar” esos pagos “de manera urgente”.
En su resolución, el magistrado establece un “máximo de 72 horas" para que el Gobierno nacional cumpla con la orden. La cautelar tiene una vigencia de seis meses o hasta que se dicte una sentencia firme, bajo apercibimiento de ley en caso de incumplimiento por parte de los organismos nacionales.
Es la respuesta de la Justicia a un amparo colectivo presentado por la abogada Marta Lastra, en representación del colectivo Defendamos Córdoba, junto a diversas instituciones como Apadim, el Pequeño Cottolengo Don Orione y centros terapéuticos locales.
El fallo apunta a proteger a quienes cobran pensiones no contributivas y a los beneficiarios del Certificado Único de Discapacidad (CUD). La resolución busca asegurar la continuidad de servicios esenciales que, según plantean los amparistas, están en riesgo por la falta de pagos.
En su resolución Vaca Narvaja enfatiza que las “demoras crónicas" y la interrupción en la entrega de medicamentos implican un “riesgo inminente” para quienes deben recibir esas prestaciones.
En el texto de la resolución, el magistrado repasa que la ley 27.793, que declara la emergencia en discapacidad, con el objetivo “de efectivizar el cumplimiento de la obligación del Estado nacional, asumida en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de jerarquía constitucional otorgada por la ley 27.044, de modificar leyes y decretos y de adoptar medidas legislativas, ejecutivas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para asegurar, entre otros, los derechos al nivel adecuado de vida, salud, habilitación, rehabilitación, educación, protección social y trabajo de las personas con discapacidad".
“La norma pone en cabeza del Poder Ejecutivo Nacional la adopción de una serie de medidas de protección y promoción de derechos; entre las que se encuentran: el financiamiento de pensiones no contributivas, el apoyo a prestadores de la Ley N° 24.901 y la condonación de ciertas deudas de dichos prestadores, la actualización de aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral, el fortalecimiento de la Agencia Nacional de Discapacidad y el establecimiento de un mecanismo de diálogo con organizaciones representativas", agrega.
También reproduce “lo informado por Incluir Salud-Ministerio de Salud de la Nación- en su informe, con respecto a las demoras en los pagos a prestadores". De esa nota surge que: “Las demoras en los pagos a los prestadores del Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de las Personas con Discapacidad se inscriben en un proceso de reordenamiento estructural del área orientado a corregir desvíos acumulados y garantizar su sostenibilidad, como consecuencia de los resultados de la intervención del organismo".
En ese reporte, se indica que “la transferencia del Programa al ámbito del Ministerio de Salud de la Nación implicó la incorporación a los estándares de gestión propios de la Administración Pública Nacional centralizada, generando demoras en la etapa inicial de tramitación de los pagos. No obstante, dichas demoras no obedecen a una reducción de la cobertura ni a una desatención de las personas con discapacidad, hallándose en pleno proceso de regularización...”.
Al respecto menciona un informe del Centro Educativo Mi Lugar: “Además de los inconvenientes económicos financieros que genera el retraso en los pagos, la interrupción de la periodicidad de estos constituye un agravante sustancial, que pone seriamente en riesgo la continuidad de las prestaciones con la normalidad que requiere una población altamente vulnerable... ”.
La resolución judicial plantea que el Estado intentó "evadir o dilatar sus obligaciones constitucionales de protección integral".
Para los fundamentos el magistrado grafica la situación con el cottolengo Don Orione que debió afrontar una deuda de $41 millones en intereses ante Arca por aportes y contribuciones impagas durante 2026, producto del atraso en los cobros estatales.
Hace un mes distintas organizaciones vinculadas a la discapacidad, familiares de personas con alguna condición o trastorno y los propios afectados se movilizaron a Economía en reclamo de la deuda acumulada con prestadores y profesionales, y para que se cumpla la Ley de Emergencia en Discapacidad, votada el año pasado.
La ley fue promulgada, pero el Poder Ejecutivo suspende su ejecución, con fundamento en lo establecido por el artículo 5° “hasta tanto el Congreso de la Nación determine las fuentes de su financiamiento e incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional que permitan la ejecución de la ley”.
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