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perfil.com · hace 4 horas · Eduardo Sánchez

El Gobierno premió al juez que reactivó la reforma laboral

Apenas un día después de suspender la medida cautelar que impedía la aplicación de 82 artículos de la reforma laboral, el juez Víctor Pesino fue “premiado” por el gobierno nacional. El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, inició el trámite de nuevo acuerdo para que el magistrado, próximo a cumplir 75 años, pueda continuar en su cargo en la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

La medida fue publicada ayer en el Boletín Oficial con las firmas de Mahiques y del presidente Javier Milei. En el texto, se pide al Senado el acuerdo necesario para habilitar la continuidad del magistrado, en base al artículo 99 inciso 4 de la Constitución Nacional, que establece este mecanismo para jueces mayores de 75 años.

“El juez Pesino falla a favor de la reforma laboral del Gobierno y, casi al mismo tiempo, el Gobierno pide que le den 5 años más en el cargo. Un intercambio obsceno, a la vista de todos. La casta protegida y los trabajadores con menos derechos”, señaló en su cuenta de X Mariano Recalde, diputado nacional y consejero de la Magistratura.

El jueves, la Sala VIII de la Cámara del Trabajo, que integra Pesino y la jueza María Dora González, revocó el fallo que suspendía 82 artículos de la reforma laboral, que se aprobó este año en el Congreso. La norma había quedado en parte sin efecto por una cautelar dictada por el juez nacional Raúl Ojeda.

La decisión tribunal restableció la vigencia de los puntos clave que habían sido frenados anteriormente por un fallo de primera instancia. Con esta resolución, los artículos cuestionados de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) vuelven a tener plena vigencia en todo el territorio nacional.

Pesino y González dispusieron que la apelación presentada por el Estado tenga “efecto suspensivo”, lo que significa que el freno previo queda “sin efecto” mientras continúe el trámite judicial.

La resolución judicial se dictó en el expediente “Confederación General del Trabajo de la República Argentina c/ Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional s/ acción declarativa”, tramitado por el Juzgado N° 63.

Y revisó el alcance del recurso interpuesto por el Estado contra la medida cautelar de no innovar dictada el 30 de marzo. En ese antecedente, el juez Ojeda había hecho lugar al planteo de la CGT. Y suspendió entonces la vigencia de una cantidad relevante de artículos de la Ley 27.802.

Esa medida cautelar solicitada por la CGT argumentaba que la reforma propiciada por el oficialismo “vulneraba principios constitucionales” como la progresividad laboral y la protección del trabajador.

La central obrera ya adelantó que va a apelar el fallo de la Cámara del Trabajo que restableció la “modernización laboral”, tal como la llama el gobierno libertario.

Cifelli con los Milei