Cuál es el sueldo mínimo que cobra un empleado de comercio en mayo, tras la nueva paritaria
El sindicato de empleados de comercio oficializó días atrás las nuevas escalas salariales para el período abril-julio de 2026, tras el acuerdo paritario firmado a fines de marzo. Aunque fue homologado, el esquema definido introduce una combinación de aumentos progresivos en los básicos y sumas fijas no remunerativas, con impacto directo en la composición del ingreso de los trabajadores del sector.
Durante abril, mayo y junio, los empleados de comercio perciben tres componentes: el salario básico correspondiente a cada categoría -maestranza, administrativos, cajeros y vendedores- más una suma fija de $100.000 no remunerativa y un adicional de $20.000 bajo el mismo concepto. En paralelo, los básicos registran subas graduales mes a mes, lo que permite sostener el ingreso total en un contexto inflacionario.
El cambio clave se produce en julio. A partir de ese mes, las sumas fijas dejan de pagarse y el salario queda integrado exclusivamente por conceptos remunerativos. En términos prácticos, el ingreso de bolsillo no varía respecto de junio, pero sí cambia su estructura: lo que antes se dividía en varios ítems pasa a consolidarse en un único monto dentro del básico.
Este punto no es menor. Al tratarse de conceptos remunerativos, el salario de julio impacta plenamente en aportes jubilatorios, obra social y otros ítems asociados, a diferencia de los meses previos, donde una parte significativa del ingreso no tributaba. En consecuencia, el esquema no solo define la evolución salarial inmediata, sino también efectos sobre las contribuciones y beneficios vinculados al empleo formal.
De esta manera, así quedarán los sueldos más bajos de los empleados de comercio que se cobrarán en mayo (por lo trabajado en abril), sin contemplar antigüedad ni extras.
El Gobierno nacional evalúa no homologar aquellas cláusulas de los convenios que consideran un costo adicional para las empresas. Puntualmente, analiza el el último acuerdo firmado por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS). Puntualmente, la Secretaría de Trabajo, a cargo de Julio Cordero, estudia una homologación parcial del convenio.
El acuerdo establece una suba salarial del 5% distribuida en tres tramos —2% en abril, 1,5% en mayo y 1,5% en junio— y el pago de un bono extraordinario de $120.000 para trabajadores de todas las categorías.
Sin embargo, dos puntos del convenio encienden las alarmas en el Gobierno. El primero es la suba de la cuota solidaria sindical del 2% al 2,5%, un incremento que excede el tope establecido por la Ley 27.802 de Modernización Laboral.
El segundo es el aumento de la contribución empresarial a OSECAC, la obra social del sector: el aporte mensual por trabajador pasaría de $8.000 a $28.000, un aumento que el Poder Ejecutivo considera desmesurada.
Desde el Gobierno sostienen que los puntos bajo la lupa constituyen beneficios que se introducen en el convenio sin afectar directamente el bolsillo de los trabajadores, pero sí incrementan los costos laborales de las empresas y el financiamiento de las estructuras sindicales.
Pasando en limpio: el Gobierno evalúa una "homologación parcial" del acuerdo de Comercio. Es decir: validaría la suba salarial del 5%, pero no homologaría por ahora el aumento de la cuota solidaria sindical y el mayor aporte empresario a OSECAC.
Ante la inminente liquidación de sueldos sin homologación, desde el sindicato se apoyan en el artículo 14 del entendimiento. "Para el caso de estar pendiente la homologación de este acuerdo y se produzcan vencimientos de los plazos pactados para el pago de los incrementos en la forma escalonada prevista, los empleadores abonarán las sumas devengadas con la mención ‘Pago anticipado a cuenta del Acuerdo Colectivo Abril 2026’, ‘Anticipo Recomposición No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026’, ‘Anticipo No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026’ los que quedarán reemplazados y compensados por los rubros correspondientes una vez homologado el acuerdo", dice el texto en cuestión.
"Para el caso de estar pendiente la homologación de este acuerdo y se produzcan vencimientos de los plazos pactados para el pago de los incrementos en la forma escalonada prevista, los empleadores abonarán las sumas devengadas con la mención 'Pago anticipado a cuenta del Acuerdo Colectivo Abril 2026', 'Anticipo Recomposición No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026', 'Anticipo No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026' los que quedarán reemplazados y compensados por los rubros correspondientes una vez homologado el acuerdo", sintetiza el párrafo.
Las partes pactaron un incremento salarial del 5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de marzo de 2026, con más las sumas no remunerativas a dicha fecha, señala el consultor Ignacio Barrios.
La mencionada suba del 5% se abonará de acuerdo al siguiente detalle: 2% a partir del mes de abril de 2026; 1,5% a partir del mes de mayo de 2026 y 1,5% a partir del mes de junio de 2026.
Asimismo, y con el objetivo de garantizar el normal funcionamiento y las obligaciones a las que debe hacer frente del sistema solidario de salud, en este caso la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC), las partes signatarias de la paritaria convinieron una contribución adicional y solidaria a cargo de los empleadores incluidos en este acuerdo colectivo.
Lo pactado tendrá vigencia desde el 1 de abril de 2026. Se aclara que los incrementos del acuerdo en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.
Lo cierto es que los empleados de comercio acordaron una nueva paritaria, con aumentos de sueldo que regirán al menos hasta junio (a cobrar en julio). Más allá de que el Gobierno todavía no homologó el acuerdo.
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