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ambito.com · hace 18 horas

Causa Vialidad: la Justicia ordenó ejecutar bienes de Cristina Kirchner

ámbito.com

Por mayoría, los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal convalidaron la decisión del Tribunal Oral Federal N°2 en el expediente por la obra pública. La medida alcanza también a las propiedades de Máximo y Florencia Kirchner y del empresario Lázaro Báez.

El fallo respaldó la sentencia del Tribunal Oral Federal que ordenó decomisar 111 bienes, entre ellos, también los heredados por los hijos de la expresidenta.

La Cámara Federal de Casación Penal ordenó ejecutar el decomiso de los bienes de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner en el marco de la sentencia por la causa Vialidad. El fallo alcanza a unos 111 inmuebles en total, entre los que se encuentran activos de la expresidenta, de sus hijos Máximo y Florencia Kirchner, de Lázaro Báez y de la empresa Austral Construcciones.

La Sala IV, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, rechazó los planteos de las defensas y convalidó la decisión del Tribunal Oral Federal N° 2, el cual, el 18 de noviembre del año pasado, dispuso la incautación de 84 propiedades de Báez, una de Fernández de Kirchner, siete de compañías vinculadas al empresario de la construcción y 19 de los hijos de la exmandataria.

La exmandataria busca que se retire de la lista de posibles bienes a embargar a una serie de propiedades de sus hijos. 

En el fallo, los magistrados dispusieron el decomiso de los bienes que serán tasados y posteriormente ejecutados "a los fines de satisfacer la pena de decomiso de los efectos del delito" que se impuso en la causa y que alcanza a la suma que actualmente asciende a $684.990.350.139,86.

Las defensas de Cristina, Máximo y Florencia Kirchner cuestionaron previamente que el decomiso alcanzara a bienes de éstos últimos dado que no fueron condenados en la causa. Adujeron que el fallo del Tribunal afecta a propiedades heredadas de parte del expresidente Néstor Kirchner mediante un proceso sucesorio o por una cesión de parte de su madre en el año 2016.

También afirmaron que en algunos casos, la compra original por parte del matrimonio fue previa a la maniobra sindicada por la Justicia y exigían una reconstrucción contable exhaustiva de los flujos de dinero, desde su origen hasta la actualidad.

Pero por mayoría, Casación convalidó los parámetros elegidos por el TOF 2 y, además, consideró que los bienes pueden ser decomisados incluso aún cuando hubiera sido transferidos a terceros mediante herencia. Asimismo, rechazaron el planteo de reconstrucción histórica del movimiento del dinero "carece de sustento normativo, y desconoce las características propias de la criminalidad económica compleja".

Asimismo, argumentaron que "no se trata de atribuir responsabilidad penal ni a los presentantes ni a Néstor Kirchner de quien heredaron, en parte, los bienes a decomisar", sino de cumplir con el artículo 23 del Código Penal que señala que “cuando con el producto o provecho del delito se hubiese beneficiado un tercero a título gratuito, el comiso se producirá contra éste”.

Los jueces de Casación señalaron que es "materialmente imposible exigir una trazabilidad científica" en delitos extendidos durante más de una década. "Basta con acreditar la coincidencia temporal, la razonabilidad económica y la vinculación funcional entre el incremento patrimonial y la maniobra delictiva”, aseguraron.

En base a dichos argumentos, por unanimidad convalidaron la decisión del Tribunal Oral Federal en cuanto a la ejecución de bienes a decomisar. Para Hornos, presidente de la Cámara de Casación, el decomiso apunta a recuperar activos provenientes del delito.

En ese sentido, señaló que el objetivo es "impedir que el autor del ilícito penal pueda seguir disfrutando de lo que por él obtuvo", por lo cual consideró que "carecería de sentido imponer la pena y permitir que el delito siga produciendo sus efectos".

Para Hornos, la recuperación de activos resulta "indispensable" para evitar que la sentencia "quede reducida a una declaración formal" mientras los bienes "derivados de la maniobra" continúan produciendo "efectos patrimoniales”.

A propósito de la queja interpuesta por las defensas de Máximo y Florencia de Kirchner para conservar los bienes heredados, el titular de Casación argumentó que “el decomiso puede alcanzar bienes en poder de terceros no condenados cuando éstos hubieran recibido activos provenientes del delito a título gratuito, incluso por vía hereditaria”.

Barroetaveña acompañó la justificación de Hornos y convalidó los parámetros utilizados por el TOF 2 para individualizar los bienes a decomisar. Señaló en esa línea que la ejecución debe abarcar al patrimonio ilícito derivado de la maniobra, incluyendo bienes que estuvieran en manos de los condenados como también aquellos que hubieran sido transferidos a terceros.

Borinsky se expresó con un voto de disidencia parcial. Si bien coincidió en los criterios genéricos utilizados para ordenar el decomiso eran correctos, advirtió, en sintonía con las defensas de Máximo y Florencia Kirchner que la resolución del TOF 2 presentaba "defectos de fundamentación al momento de aplicar dichos estándares puntualmente a una serie de inmuebles" previamente adquiridos a los hechos.

En ese sentido, Borinsky propuso anular los decomisos de 19 inmuebles, cinco de los cuales corresponden al hotel “Los Sauces”. El juez también manifestó argumentos similares respecto de inmuebles decomisados a las empresas “Loscalzo y Del Curto Construcciones SRL” y “Kank y Costilla SA”, sociedades vinculadas a Lázaro Báez.

Mario Villar, fiscal ante la Casación, había manifestado que aquellas personas que tengan alguna reivindicación sobre la situación judicial relacionada a los bienes a decomisar deberían acudir a un proceso civil o administrativo, sin que se postergue el decomiso que ordenó el TOF 2 y que ahora convalidó Casación.

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