El Gobierno recurrió a la Corte para evitar el cumplimiento de la ley de financiamiento universitario
El Gobierno nacional decidió llevar a la Corte Suprema de Justicia su reclamo para no cumplir con la ley de financiamiento universitario que lo obliga a aplicar inmediatamente la norma y actualizar los salarios docentes y los programas de becas.
Además, pidió que los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti se excusen de votar en este caso, pues son docentes universitarios en funciones o en uso de licencia, lo que los hace decidir en causa propia.
La ley de medidas cautelares contra el Estado, aprobada por iniciativa de Cristina Kirchner, cuando los jueces jaqueaban sus medidas de gobierno, señala que la sola apelación de una cautelar mediante un recurso extraordinario suspende la medida, con lo que en el Gobierno señalan que, con la sola presentación de este escrito, no les corresponde pagar.
El Poder Ejecutivo dijo que hay riesgo de parálisis del Estado si debiera cumplir con la ley de financiamiento educativo aprobada por el Congreso. Fue luego de que un juez de primera instancia y una Cámara le ordenaron acatar una medida cautelar y actualizar los salarios.
Contra esos fallos, el Estado presentó un recurso extraordinario federal, que fue firmado por representantes del Ministerio de Capital Humano y el Procurador del Tesoro, Sebastián Amerio.
Allí el Poder Ejecutivo le solicitó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que revoque de forma urgente la medida cautelar que lo obliga a aplicar los aumentos salariales y presupuestarios dispuestos por la Ley 27.795.
En un escrito donde el Gobierno hace advertencias extremas sobre el impacto económico de esta medida y cuestiona a los jueces que le fallaron en contra, el oficialismo dijo que no puede cumplir con la ley.
Se basó en “el colapso financiero del Estado”, la “violación del orden presupuestario”, la “intromisión en la división de poderes” y la supuesta “parcialidad de los jueces” que decidieron hasta ahora en el caso.
El Ministerio de Capital Humano argumentó que cumplir con la medida judicial requeriría reasignar el 90,30% de la totalidad de los créditos disponibles para gastos primarios del Estado al financiamiento exclusivo de las universidades.
Según el Ejecutivo, desviar esos recursos desataría consecuencias catastróficas, ya que implicaría “una parálisis significativa del funcionamiento de los tres Poderes del Estado, como, por ejemplo, la suspensión del patrullaje de las fuerzas federales en las calles de la Ciudad de Rosario, la suspensión en la provisión de alimentos en las cárceles federales, o el cierre de todos los juzgados federales, la Corte Suprema de Justicia, y el cierre de ambas cámaras legislativas”.
El Poder Ejecutivo sostuvo que el Decreto 759/25 -que firmó el presidente Javier Milei para suspender la aplicación de la ley educativa porque dice que no tiene presupuesto- no desconoció un deber jurídico, sino que cumplió con el ordenamiento administrativo vigente, el cual impide ejecutar gastos sin un respaldo claro de ingresos.
Para defender esta postura, el escrito cita el mandato de la ley de presupuesto: “Toda ley que autorice o disponga gastos deberá prever en forma expresa el financiamiento de los mismos. En caso contrario quedará suspendida su ejecución hasta tanto se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional”.
Además, el Ejecutivo advirtió que los fallos previos ignoraron la reciente Ley de Presupuesto 2026, que impone expresamente que el Estado “deberá presentar una ejecución con resultado financiero equilibrado o superavitario”.
Para los abogados del Estado, la decisión de los tribunales inferiores interfiere inconstitucionalmente en las facultades reservadas al Presidente y al Congreso.
Argumentaron que obligarlos a actualizar partidas de gasto sin prever cómo aumentar los ingresos pone en peligro toda la macroeconomía y la asistencia a los sectores vulnerables.
Por ello, consideraron que el fallo representa “una gravísima violación del principio de división de poderes y una ilegítima intromisión en la esfera de competencias del Congreso y del Poder Ejecutivo”.
El Gobierno, además, denunció que los magistrados intervinientes actuaron guiados por intereses personales, ya que muchos de ellos dictan clases en instituciones públicas.
A su vez, la administración de Milei solicitó que Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti se excusen de votar en este expediente por tener cargos docentes vigentes o en licencia.
El Gobierno les exige apartarse y que los que decidan sean conjueces para “garantizar la imparcialidad”.
El proceso judicial que derivó en esta presentación extrema ante la Corte Suprema comenzó a fines del año pasado y estuvo marcado por fallos adversos para el Gobierno en las instancias inferiores.
El derrotero judicial de la ley se inició el 29 de octubre de 2025, cuando el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y rectores de diversas universidades nacionales interpusieron una acción de amparo contra el Estado Nacional.
Su pretensión principal era declarar inconstitucional el Decreto 759/2025, una norma con la que el Poder Ejecutivo había frenado la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario (Ley 27.795) hasta que se determinaran las fuentes para financiarla dentro del presupuesto general.
Como mecanismo de urgencia, los rectores solicitaron una medida cautelar para obligar al Gobierno a aplicar la actualización de salarios docentes y de los programas de becas.
El 23 de diciembre de 2025, el juez de primera instancia Martín Cormick hizo lugar a la medida cautelar innovativa: ordenó no aplicar el decreto presidencial y dictó el inmediato cumplimiento de las actualizaciones salariales de la ley universitaria.
El 29 de diciembre de 2025, el Estado apeló la medida. En su argumentación, planteó que la cautelar equivalía a una “sentencia anticipada” irreversible y advirtió el gravísimo impacto que tendría sobre la estabilidad macroeconómica.
El 31 de marzo de 2026, la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal con la firma Sergio Gustavo Fernández y Jorge Eduardo Morán confirmó el fallo de primera instancia y ratificó la medida cautelar a favor de las universidades.
La Cámara desestimó los argumentos oficiales bajo dos posturas contundentes. En materia jurídica, consideró que la insistencia del Congreso en aprobar la ley educativa la dotaba de verosimilitud e implicaba que el Gobierno no podía suspenderla amparándose en leyes de responsabilidad financiera anteriores.
La discusión parlamentaria se dio en medio de marchas estudiantiles y de los gremios en defensa del financiamiento universitario con una gran movilización juvenil que encendió la alarma en el Gobierno, dado que parte de esos manifestantes integraban la base electoral de Milei.
Ante esta orden de ejecución inmediata impartida por la Cámara, que según los cálculos del Ministerio de Economía obligaría al Estado a destinar el 90,30% de todo el crédito de gastos primarios disponible exclusivamente a la educación superior, el Gobierno decidió frenar la medida interponiendo el recurso extraordinario para que los jueces de la Corte revoquen la medida cautelar.
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