El Gobierno extendió por 48 meses la vigencia del Programa de Acompañamiento Social y redefinió sus lineamientos operativos, lo que establece condiciones de acceso, permanencia y control para los beneficiarios. La medida también ratifica el monto de la prestación y reorganiza los criterios de implementación del esquema orientado a hogares en situación de vulnerabilidad.
La decisión fue formalizada a través de la Resolución 90/2026 del Ministerio de Capital Humano, publicada en el Boletín Oficial. Allí se dispone la ampliación del plazo del programa —creado por el Decreto 198/2024— y la sustitución integral de los lineamientos aprobados en 2024, que regulaban su funcionamiento.
El Programa de Acompañamiento Social tiene como objetivo promover la inclusión social y mejorar las condiciones de vida de personas que integran hogares con mayor grado de exclusión. Según se detalla en la normativa, el esquema apunta a fortalecer el núcleo familiar y a la comunidad de la que forma parte, con foco en el desarrollo de capacidades y la autonomía de los beneficiarios.
A partir de los nuevos lineamientos, el programa queda dirigido exclusivamente a quienes ya eran titulares y cumplen con las condiciones establecidas. Dentro de ese universo se incluyen mujeres y hombres de 50 años o más en situación de vulnerabilidad, mujeres con cuatro o más hijos menores de edad y personas provenientes de unidades de gestión del Poder Ejecutivo vinculadas a situaciones especiales.
El esquema mantiene una asignación mensual no remunerativa de $78.000, cuyo cobro queda condicionado al cumplimiento de determinadas obligaciones. Entre ellas, se exige acreditar controles de salud en casos de embarazo, cumplir con el calendario de vacunación de los menores a cargo, garantizar la asistencia escolar y participar en instancias de formación a través de plataformas digitales.
La normativa también define en detalle las compatibilidades del beneficio con otras prestaciones e ingresos. Podrá percibirse junto con asignaciones como la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo y otras ayudas de carácter alimentario o habitacional. Asimismo, se contempla la posibilidad de compatibilizarlo con actividades laborales de baja escala, tanto independientes como en relación de dependencia, siempre que los ingresos no superen el salario mínimo.
En paralelo, se establecen criterios de exclusión vinculados a la situación patrimonial, los ingresos y el comportamiento financiero de los beneficiarios. No podrán acceder quienes posean más de un inmueble, vehículos con menos de diez años de antigüedad o registren niveles de consumo que superen determinados parámetros. También quedan excluidas personas que perciban jubilaciones, pensiones u otros beneficios previsionales, así como aquellas que accedan al mercado de cambios para la compra de divisas con fines de ahorro.
El nuevo marco incorpora, además, causales específicas de egreso del programa. Entre ellas se incluyen participación de situaciones que impliquen alteración del orden público y circulación, hechos de violencia, falsedad en la información declarada o incumplimiento de las condiciones establecidas.
Dentro de las líneas de acción, el programa prevé iniciativas de fortalecimiento familiar orientadas al desarrollo integral de los hogares vulnerables, con énfasis en la alfabetización digital y la capacitación en cuidados. A su vez, se incorporan instancias de orientación para personas próximas a la edad jubilatoria, con el objetivo de facilitar su acceso al sistema de seguridad social y promover su participación en la comunidad.
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