Después de varias semanas de demora desde la entrada en vigencia de la ley, el Gobierno finalmente reglamentó el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) mediante el Decreto 242/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial. La norma avanzó sobre definiciones centrales que habían quedado abiertas y aportó mayor previsibilidad para las empresas que analizaban proyectos de inversión bajo este esquema.
La Ley 27.802 -de Modernización Laboral- entró en vigencia el 6 de marzo pasado y estableció el marco general del régimen. Desde ese momento, el RIMI existió en términos legales, pero no contó con herramientas que permitieran su aplicación efectiva. El decreto conocido hoy definió conceptos técnicos, precisó condiciones y ordenó el funcionamiento del esquema. Sin embargo, el régimen aún no se encuentra operativo.
El texto reglamentario estableció que la implementación efectiva depende de una resolución conjunta que deben dictar la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Secretaría de Energía. Esa norma cuenta con un plazo de 30 días corridos desde la publicación del decreto. Hasta tanto no se publique, las empresas no pueden adherirse formalmente ni utilizar los beneficios previstos, advirtió el tributarista Sebastián Domínguez.
En este contexto, el nuevo marco del RIMI queda definido por una serie de claves que surgen del decreto reglamentario:
Estas definiciones permitieron ordenar el funcionamiento del régimen y reducir zonas de ambigüedad que generaban incertidumbre.
A pesar de los avances, el esquema mantiene aspectos sin resolver que dependen de normas complementarias. La resolución conjunta pendiente definirá cuestiones operativas clave, como el procedimiento de adhesión, la forma de acreditar inversiones y el mecanismo para solicitar la devolución de IVA.
Sin esa norma, el régimen no puede utilizarse. Las empresas no cuentan con herramientas administrativas para ingresar al esquema ni para gestionar los beneficios.
Además, el decreto dejó abierta la posibilidad de que el Ministerio de Economía precise o amplíe la nómina de bienes alcanzados por el régimen de amortización acelerada. Esa facultad no cuenta con un plazo definido, lo que introduce un margen de indefinición en algunos casos particulares.
El nuevo marco permite a las empresas avanzar en el análisis de proyectos de inversión bajo el RIMI, aun cuando no puedan adherirse formalmente. La definición de conceptos como bienes alcanzados, puesta en marcha y criterios de cálculo permite estimar con mayor precisión el impacto de los beneficios fiscales.
También pueden analizar la compatibilidad del régimen con otros esquemas de incentivo, en función de las inversiones previstas.