Gazette
Oficial
$ 1399,42
-0,74%
Blue
$ 1390,00
0,00%
MEP
$ 1412,50
-0,60%
CCL
$ 1473,47
-0,30%
Risk
553
-0,72%%

El juez que suspendió la reforma laboral perdió la causa y otro fuero definirá la apelación

hace 14 horas en lanacion.com.ar

La jueza federal Macarena Marra Giménez resolvió un conflicto de competencia entre la Justicia Nacional del Trabajo y el fuero Contencioso Administrativo Federal apartando a su par, Raúl Horacio Ojeda, titular del juzgado del Trabajo N° 63, que había suspendido la vigencia de 82 artículos de la ley de reforma laboral a pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT).

El fallo estipula que debe ser la justicia federal la que trate la acción de la CGT, desplazando a los tribunales laborales nacionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El magistrado que sufrió el revés

¿Qué había solicitado la CGT? Que se declare la inconstitucionalidad de artículos de la Ley N°27.802 que, desde la óptica del sindicato, trastocan los derechos individuales y colectivos de los trabajadores reconocidos en los artículos 14 bis, 16, 17, 18, 28, 43 y 75 de la Constitución Nacional.

Además, el pedido de la CGT hacía hincapié en que se estaba vulnerando la progresividad, la libertad sindical, la no discriminación, la tutela judicial efectiva y el debido proceso, entre otros.

De esta forma, el movimiento de la jueza Marra Giménez es celebrado en Balcarce 50.

A partir del fallo quedó establecido que la competencia para adentrarse en la demanda de la CGT contra el Estado Nacional sobre la ley de reforma laboral pasó a ser competencia exclusiva del fuero Contencioso Administrativo Federal. Situación que encomienda al juzgado de Ojeda a remitir el expediente.

De no seguir con el debido proceso, entraría en escena la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Por otra parte, la decisión de la magistrada Marra Giménez deja vislumbrar dos elementos. Por un lado, el hecho de que los reclamos individuales de los trabajadores continuarán en el fuero laboral. Por el otro, la consolidación del criterio restrictivo sobre la competencia laboral en demandas de alcance general contra el Estado.

El lunes pasado, Ojeda dictó una medida cautelar innovativa en la que hizo lugar a un pedido de la central obrera para suspender 82 artículos de la ley 27.802. De inmediato, el Ministerio de Capital Humano anunció que apelaría la decisión. Tras la decisión de este lunes de Ojeda, aún quedan 81 artículos en suspenso. Son el núcleo de la reforma que impulsó el gobierno de Javier Milei.

El fallo frenó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), las limitaciones al derecho a huelga por sectores de actividad, el cálculo de las indemnizaciones sin contemplar los aguinaldos y otros pagos, la creación del banco de horas, la fragmentación de las vacaciones, el pago en cuotas de las indemnizaciones, el traspaso de la Justicia nacional laboral a la ciudad de Buenos Aires y la derogación de la Ley de Teletrabajo, entre otros puntos.

La movilización de la CGT cuando se trató la ley de reforma laboral

Ojeda es juez laboral desde 2012. Previamente fue empleado judicial y también fue asesor en asuntos legislativos del exministro de Trabajo Carlos Tomada durante el kirchnerismo.

El magistrado hizo lugar a la cautelar promovida por la CGT, representada por su triunvirato de mando: Jorge Alberto Sola, Octavio Argüello y Cristian Raúl Jerónimo.

© Copyright 2026 SA LA NACION | Todos los derechos reservados. Dirección Nacional del Derecho de Autor DNDA - EXPEDIENTE DNDA (renovación) RL-2023-95334553-APN-DNDA#MJ.Queda prohibida la reproducción total o parcial del presente diario.