La Justicia dio luz verde al esquema que permitirá avanzar en la reactivación de Algodonera Avellaneda, del norte de Santa Fe, que se encuentra en concurso preventivo y tiene 366 empleados. Se trata de la autorización para la realización de contratos de fasón para el desmote de algodón durante la campaña 2026, una modalidad que ya había sido presentada en el expediente como alternativa para retomar la operatoria. Algodonera Avellaneda está ligada a Vicentin, la cerealera hoy controlada por el Grupo Grassi, que ganó el cramdown.
La decisión fue tomada por el juez del concurso, Fabián Lorenzini, en el marco del proceso en el que la compañía había solicitado autorización para avanzar con un esquema comercial con Vicentin SAIC, en carácter de cliente. Ese esquema había quedado condicionado a la aprobación judicial y había sido objetado en una primera instancia por el comité de acreedores y la sindicatura. Según surge de la resolución, la empresa informó que había aceptado una propuesta para procesar algodón en bruto bajo la modalidad de fasón, es decir, utilizando sus plantas industriales para realizar el servicio de desmote sin asumir la compra de la materia prima.
El acuerdo contempla la utilización de las plantas ubicadas en Pinedo (Chaco) y Bandera (Santiago del Estero), donde se procesará el algodón provisto por el cliente para obtener fibra, semilla y subproductos. En este esquema, la propiedad del algodón y de los productos resultantes se mantendrá en manos del cliente durante todo el proceso.
El contrato prevé un volumen total de hasta 60.000 toneladas anuales, con un compromiso mínimo de 4000 toneladas mensuales. A cambio, el cliente afrontará los costos directos e indirectos de la operación, incluyendo mano de obra, energía, insumos y mantenimiento ordinario de las instalaciones. Además, el esquema incluye un financiamiento inicial de hasta US$300.000 destinado a cubrir salarios adeudados, servicios esenciales y la puesta en marcha de las plantas, que se encontraban sin actividad.
El juez consideró que, si bien no encuadran estrictamente dentro de los actos ordinarios, se vinculan directamente con el objeto social de la empresa y su continuidad operativa. En ese sentido, señaló que se trata de actos “directamente relacionados con el objeto social de la concursada”.
Al mismo tiempo, el magistrado hizo referencia a la situación financiera de la compañía y al rol que cumple este esquema dentro de ese contexto. Según indicó, “la concursada no cuenta actualmente con capital de trabajo, ni tiene capacidad para financiar la originación de materias primas”. Agregó que la realización de estos contratos constituye “su única esperanza de subsistencia durante la presente campaña algodonera”.
La autorización se otorgó luego de que se introdujeran modificaciones al contrato original. Tanto el comité de acreedores como la sindicatura habían planteado, como se dijo, objeciones vinculadas a cláusulas de exclusividad, plazos, rescisión y condiciones que, según señalaron, trasladaban riesgos a la concursada.
Frente a esos cuestionamientos, la empresa presentó cambios en el acuerdo, lo que permitió avanzar con la evaluación judicial. En ese marco, el juez aclaró que el aval no implica validar todas las cláusulas en su totalidad. En la resolución, se dejó establecido que “la opinión favorable a la continuidad de estos contratos de fasón no implica admitir la oponibilidad a los acreedores concurrentes de aquellas cláusulas que pudieran desnaturalizar” este tipo de acuerdos.
La decisión judicial también incorporó un esquema de seguimiento. Se ordenó a la Sindicatura la elaboración de informes periódicos sobre costos, mantenimiento y resultados de la operatoria, con el objetivo de evaluar el desempeño del esquema en el tiempo. En ese sentido se indicó la necesidad de contar con información que permita determinar si la actividad cubre los costos operativos y de mantenimiento, dado que de ello depende la continuidad del proceso y la preservación de los activos. El primer informe deberá presentarse el 28 de abril y, a partir de allí, se establecerá un monitoreo regular sobre la evolución de la operatoria.
© Copyright 2026 SA LA NACION | Todos los derechos reservados. Dirección Nacional del Derecho de Autor DNDA - EXPEDIENTE DNDA (renovación) RL-2023-95334553-APN-DNDA#MJ.Queda prohibida la reproducción total o parcial del presente diario.