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La Justicia de California, EE.UU., declaró la semana pasada a Meta (Instagram y Facebook) y a Google (YouTube) responsables de haber perjudicado a una joven por el diseño “adictivo” de sus redes.
La usuaria -que empezó a utilizarlas siendo menor y hoy tiene 20 años- recibirá una indemnización de más de US$ 5 millones.
Según su testimonio, el uso casi constante de plataformas como Instagram le provocó efectos negativos en su salud mental, con episodios de depresión, ansiedad y dismorfia corporal. El uso, dijo, era compulsivo.
Más allá del monto de la indemnización -irrelevante para compañías de esa escala-, lo más importante del fallo es que, por primera vez, un tribunal logró sortear el principal escudo jurídico de las plataformas: la Sección 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones de EE.UU.
Esa norma fue dictada en 1996, durante el gobierno de Bill Clinton, con el objetivo de proteger a las incipientes empresas de Internet, al deslindarlas de responsabilidad del contenido que publican los usuarios.
Sin esa norma, Internet y las redes no serían lo que son hoy. En aquel momento, el establishment estadounidense entendió que era la única forma de proteger a una industria digital todavía incipiente, cuyo modelo de negocio difícilmente hubiera prosperado si las plataformas debían supervisar cada uno de los contenidos generados por los usuarios.
Pero 30 años después, el escenario es otro. Aquellas empresas que necesitaban ayuda se convirtieron en uno de los actores más poderosos del planeta, con capacidad para moldear la conversación pública a escala global.
El fallo introduce, entonces, un giro decisivo: ya no pone el foco en el contenido -protegido por la Sección 230 (y también por la Primera Enmienda de la Constitución en EE.UU.), sino en el diseño de las plataformas: mecanismos como el scroll infinito, la reproducción automática, las notificaciones constantes, entre otros.
Sistemas diseñados para maximizar la atención, el tiempo de permanencia y la interacción. Diseñados así, aún cuando eso implique amplificar contenidos nocivos.
Lo interesante es que el cambio de enfoque jurídico puede ir más allá de la salud mental de las personas. Si uno mira con atención, lógicas algorítmicas similares impactan en la política, al potenciar la desinformación, las teorías conspirativas y la polarización extrema.
Basta recordar su influencia en procesos electorales recientes de distintos países, donde la circulación masiva de desinformación fue amplificada por estos mismos sistemas.
Por eso, si el criterio usado por el tribunal de California se consolida, las empresas tecnológicas ya no podrán escudarse en la libertad de expresión de sus usuarios.
Tendrán que hacerse cargo de que sus productos, así diseñados, deterioran no solo la salud de las personas sino también la calidad de las democracias.
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