El uso de transferencias bancarias y billeteras virtuales se volvió una práctica cada vez más común en el día a día de lo argentinos. Actualmente es muy común recibir dinero producto de ventas, como también transferencias entre particulares, familiares o amigos.
Y, si bien este tipo de operaciones facilita la vida de los argentinos, el crecimiento de estas también implicó un mayor seguimiento por parte de los organismos fiscales y las entidades financieras. En este sentido, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) establece parámetros para monitorear determinadas operaciones, en especial cuando se superan ciertos montos o cuando los movimientos son "inusuales".
Desde junio de 2025 se mantienen vigentes nuevos topes informables para distintas operaciones financieras. Estos valores se actualizan cada seis meses tomando como referencia la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
En el caso de las transferencias o acreditaciones bancarias, el monto a partir del cual las entidades deben informar operaciones es de $50.000.000 para personas físicas. Para las personas jurídicas, el límite se ubica en $30.000.000.
Las transferencias realizadas a través de billeteras virtuales mantienen los mismos umbrales que las bancarias. Es decir, también se consideran informables cuando superan los $50.000.000 para personas físicas o los $30.000.000 en el caso de empresas.
Otro de los movimientos alcanzados por los controles son las extracciones de efectivo. En este caso, el monto informable es de $10.000.000 tanto para personas físicas como para personas jurídicas.
Además, las entidades financieras deben reportar determinados saldos bancarios registrados al cierre de cada mes. El límite para personas físicas es de $50.000.000, mientras que para personas jurídicas se establece en $30.000.000.
En el caso de los plazos fijos, el monto informable asciende a $100.000.000 para personas físicas y a $30.000.000 para personas jurídicas.
También existen parámetros aplicables a operaciones en sociedades de bolsa. En estos casos, las tenencias informables alcanzan los $100.000.000 para personas físicas y los $30.000.000 para personas jurídicas.
Por otra parte, las compras realizadas como consumidor final pueden efectuarse hasta $10.000.000 sin necesidad de aportar información adicional. En materia de pagos, el umbral vuelve a ubicarse en $50.000.000 para personas físicas y en $30.000.000 para personas jurídicas.
En términos generales, operar por debajo de estos montos no debería generar pedidos automáticos de información. Sin embargo, es importante tener presente que los controles no se limitan únicamente a los valores de cada operación.
Un volumen elevado de transferencias o movimientos reiterativos también puede despertar alertas dentro de los sistemas de monitoreo de los bancos. Esto aplica incluso en los casos en los que cada transferencia individual se encuentra por debajo de los topes informables. Esto se debe a que la frecuencia de las operaciones puede ser considerada como un indicio de actividad económica no declarada.
Cuando esto ocurre, las entidades financieras pueden solicitar documentación que permita justificar el origen de los fondos. Si el usuario no puede acreditar la licitud de los fondos, las consecuencias son diversas, las cuales van desde multas o el congelamiento de la cuenta hasta la iintervención de la Unidad de Información Financiera (UIF).
Para evitar inconvenientes cuando se reciben transferencias frecuentes o montos elevados, es de suma importancia contar con documentación que respalde el origen de los fondos. Entre los comprobantes que suelen solicitar los bancos o entidades financieras se encuentran los contratos de compraventa y los comprobantes de pago asociados a una operación determinada.
También pueden utilizarse facturas emitidas por monotributistas o responsables inscriptos, recibos de sueldo, comprobantes de jubilación o un certificado de origen de fondos firmado por un contador público.
Contar con este tipo de documentación permite justificar el movimiento y evitar inconvenientes. En otras palabras, si una transferencia queda retenida por el banco, la recomendación es presentar la documentación solicitada dentro de los plazos indicados.
En algunos casos, también puede ser útil informar previamente al banco cuando se prevé recibir o enviar una suma importante de dinero. De esta forma, la operación no genera alertas inesperadas dentro del sistema de control de la entidad.
Por último, se debe evitar fraccionar una transferencia grande en varios envíos de menor monto con el objetivo de eludir los límites informables. Este tipo de maniobra puede derivar en alertas adicionales y verificaciones más detalladas.
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