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Según datos de la Seguridad Social, en 2025 más de 150.000 trabajadores cobraron la prestación por desempleo. Esta ayuda económica, otorgada por la ANSeS, está destinada a trabajadores en relación de dependencia que hayan sido despedidos sin causa, por finalización de contrato o por motivos ajenos a su voluntad.
Tiene como objetivo acompañar a las personas que se encuentran desempleadas mientras buscan un nuevo trabajo y amortiguar la caída de ingresos que se produce tras la pérdida involuntaria del empleo.
Durante el tiempo en que se cobra la prestación, el titular tiene derecho a cobrar asignaciones familiares como la asignación por prenatal, la asignación por hijo, la ayuda escolar anual, la asignación por matrimonio y la asignación por nacimiento o adopción.
Está destinada a los trabajadores en relación de dependencia despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas.
Para acceder a esta prestación es necesario cumplir ciertos requisitos según el tipo de trabajo. En el caso de los trabajadores permanentes, deben haber tenido al menos seis meses de empleo con aportes durante los tres años previos al despido o a la finalización del contrato.
En cambio, los trabajadores eventuales o de temporada deben haber trabajado menos de 12 meses en los últimos tres años y, al mismo tiempo, más de 90 días durante el último año antes de que finalice la relación laboral.
El monto que se cobra y la cantidad de cuotas (que pueden ir de 2 a 12) se determinan según los ingresos y los meses trabajados con aportes en los últimos tres años. Además, las personas de más de 45 años reciben el beneficio durante seis meses más.
Esta prestación está dirigida a los trabajadores de la construcción despedidos sin justa causa o por finalización de obra. Para cobrarla se debe tener al menos 8 meses de trabajo con aportes en los últimos 2 años anteriores al despido o finalización de obra.
Para los trabajadores permanentes, el monto de la prestación y la cantidad de cuotas (que pueden ir de 3 a 8) se calculan en función de los ingresos y de los meses trabajados con aportes durante los últimos dos años.
En el caso de los trabajadores eventuales o de temporada, si trabajaron un año o más con aportes se aplica el mismo criterio que para los permanentes. Si el tiempo trabajado fue menor a un año, se otorga un día de prestación por cada tres días de servicio. Además, las personas mayores a 45 años reciben el beneficio durante seis meses más.
DNI (original y copia) y documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
Ingresá al sitio web acá, completá tu número del CUIL y clave de seguridad social.
La prestación se cobra a través de ANSeS. Una vez aprobado el trámite, el organismo gestiona la apertura de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social para percibir el dinero.
Inicialmente el dinero se deberá retirar por ventanilla en una sucursal bancaria. Posteriormente, el banco entregará la tarjeta de débito para operar a través de los cajeros automáticos.
Cabe señalar que en el caso de empezar a trabajar se debe solicitar la suspensión de la prestación dentro de los 5 días hábiles.
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