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El gobierno nacional de Javier Milei apeló este miércoles el fallo que la semana pasada le ordenó que se le vuelva a pagar la pensión por viudez a la ex presidenta de la Nación Cristina Kirchner que había sido revocada por su condena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos en la causa "Vialidad".
El Ministerio de Capital Humano objetó la decisión de la Cámara Federal de la Seguridad Social y presentó un recurso extraordinario para que el fallo sea revisado y revocado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La Cámara debe resolver si acepta la apelación y la envía al máximo tribunal. Si la rechaza, el gobierno podrá ir directamente a la Corte con otra presentación para que intervengan Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
La Sala III de la Cámara dictó la semana pasada una medida cautelar por la cual dispuso que ANSES debía volver a pagarle a la ex presidenta la pensión por viudez de Néstor Kirchner que había derogado en noviembre de 2024.
"Dicho resolutorio omite considerar la prohibición expresa del derecho al cobro, ante la condena e inhabilitación absoluta, que pesa sobre CFK siendo claramente inexistente el alegado derecho alimentario afectado, demostrando así el fallo recurrido, manifiesta errónea aplicación del derecho", sostuvo a través de un comunicado el Ministerio de Capital Humano sobre el fallo de la Cámara.
Entonces, el gobierno dio de baja esa pensión y la jubilación de privilegio como ex mandataria porque la Cámara Federal de Casación Penal había confirmado su condena en Vialidad, que el año pasado ratificó la Corte Suprema. ANSES alegó que a los ex presidentes se le otorgan esas contribuciones por la ley 24.018 como contraprestación al honor, el mérito y el buen desempeño en el cargo, lo que es contrario a la condena penal que recibió. Por ambos ingresos, la ex presidenta cobraba 21 millones de pesos por mes.
Cristina Kirchner inició una causa judicial para que le devuelvan la pensión por viudez. Sus abogados señalaron que la ley establece que esas jubilaciones solo se pueden revocar en caso de juicio político, lo que no ocurrió en su caso. También que es "el único ingreso que le permite subsistir” ya que por su condena y otras causas penales tiene sus bienes inhibidos.
En primera instancia la medida cautelar fue rechazada pero la Cámara aceptó el planteo. Los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini Albarenque señalaron que "corresponde otorgar prevalencia al carácter alimentario del derecho cuya tutela se persigue y a la situación de desprotección en la que queda colocada" la ex presidenta.
Respecto del argumento sobre la condena penal para revocar el ingreso, los camaristas señalaron que "deberá ser objeto de un examen más detenido al momento de resolver el fondo de la controversia y luego de producida la prueba respectiva".
Así, la Cámara dispuso que la ex presidenta vuelva a cobrar la pensión "mientras dure la sustanciación del presente juicio", por lo que la apelación del gobierno no suspendería el fallo.
ANSES anunció que iba a apelar esa decisión y la presentación la hizo este miércoles. Fuentes judiciales informaron a Clarín que uno de los argumentos del organismo es que las jubilaciones de los ex presidentes no son en base a un aporte de su sueldo, sino que es una contribución excepcional por el mérito y el honor de haber ocupado ese cargo.
Así, los abogados señalaron que es incompatible un ingreso honorífico con una condena penal confirmada por un delito cometido en el cargo por el cuál se revise la pensión.
En esa línea, el gobierno alegó que no tiene carácter alimentario, por lo que ANSES puede revocarla y objetó que se le haya otorgado la medida cautelar porque se discute lo mismo que en el fondo del reclamo, lo que todavía no se resolvió.
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