Un decreto publicado en el Boletín Oficial dispuso que la Procuración del Tesoro cese su intervención en la causa que investigaba el endeudamiento con el FMI durante el gobierno de Mauricio Macri. El Ejecutivo argumentó que no hubo delito, que se trató de decisiones de política económica y que el Ministerio Público Fiscal es el órgano competente para impulsar la acción penal.
La causa en cuestión es la N° 3.561/2019, caratulada “Macri, Mauricio y otros s/defraudación por administración fraudulenta y defraudación contra la administración pública”.
El Gobierno nacional resolvió que el Estado deje de actuar como querellante en la causa judicial que investigaba el endeudamiento con el Fondo Monetario Internacional (FMI) durante la gestión de Mauricio Macri. La decisión quedó formalizada a través del Decreto 87/2026, publicado este miércoles por la noche en el Boletín Oficial, y alcanza a la actuación de la Procuración del Tesoro de la Nación (PTN) en el expediente.
La medida se apoya en un dato clave: el pasado 2 de febrero la jueza interviniente decidió archivar la causa, al concluir que “no se cometieron los delitos denunciados”. En ese sentido, el decreto sostiene que gran parte de los cuestionamientos formulados en el expediente “constituían discrepancias con las decisiones de política económica llevadas a cabo por los distintos organismos públicos, en el marco de sus competencias”.
Según la magistrada, esas decisiones no pueden ser objeto de reproche penal, ya que forman parte de “el ejercicio de facultades discrecionales de las que goza el Poder Ejecutivo Nacional para llevar a cabo su política económica”, y los efectos macroeconómicos adversos “no permiten reconducir, por sí solas, estas decisiones al ámbito del derecho penal”.
La causa en cuestión es la N°3.561/2019, caratulada “Macri, Mauricio y otros s/defraudación por administración fraudulenta y defraudación contra la administración pública”, que tramitó ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°5. En abril de 2021, mediante el Decreto 239/21, el entonces gobierno había instruido a la Procuración del Tesoro a presentarse como querellante en representación del Estado nacional y a impulsar, además, una eventual acción civil por daños y perjuicios.
La Procuración del Tesoro se presentó formalmente en el expediente en abril y junio de 2021 y fue aceptada como parte querellante y actora civil. Sin embargo, tras el archivo de la causa, el propio organismo concluyó que la resolución judicial “ha respetado formalmente los parámetros constitucionales del debido proceso y se ha fundado en el derecho vigente y en los hechos comprobados”.
El decreto también subraya que la Procuración del Tesoro “actúa principalmente en los fueros contencioso administrativo, civil y comercial federal”, y que su participación en procesos penales es “excepcional”. Además, remarca que el organismo “no cuenta con áreas especializadas en investigación o litigación penal, mucho menos en delitos económicos complejos”.
En esa línea, el Ejecutivo recordó que, de acuerdo con la Constitución Nacional y la Ley Orgánica del Ministerio Público, el titular de la acción penal es el Ministerio Público Fiscal, cuyos integrantes “cuentan con especialidad y experiencia técnica en litigación penal” y disponen de los recursos necesarios para garantizar su independencia funcional.
“La acción penal debe ser instada bajo los parámetros constitucionales que le otorgan tal competencia al Ministerio Público Fiscal”, señala el texto, al tiempo que advierte sobre la necesidad de evitar “superposiciones de funciones” que puedan derivar en un uso ineficiente de los recursos públicos o en intentos de “interferir en la actuación propia de otro Poder del Estado con una finalidad de persecución política”.
El decreto aclara, no obstante, que el retiro de la Procuración del Tesoro como querellante no implica que el Estado nacional renuncie a reclamar eventuales daños y perjuicios. Según se precisa, la acción civil derivada del proceso penal “no requiere la continuación de la Procuración del Tesoro como querellante”, por lo que el cese de su intervención no afecta la posibilidad de un eventual recupero patrimonial.
De esta manera, el Gobierno dejó sin efecto el artículo central del Decreto 239/21 y cerró formalmente la participación del Estado como querellante en una de las causas más sensibles vinculadas al endeudamiento con el FMI durante el macrismo.
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