Para las empleadas domésticas, como para todos aquellos en relación de dependencia, el Sueldo Anual Complementario (SAC) más conocido por todos como aguinaldo, es el 13° sueldo que te corresponde cobrar en un año de trabajo.
Cada medio aguinaldo corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por la trabajadora dentro de cada uno de los semestres.
Cuando se aproxima la fecha de cobro, surge la duda de cuándo es exactamente el momento del mes en que se abona.
La liquidación del aguinaldo de junio 2025 para una empleada doméstica se efectúa durante la segunda mitad del mes. La normativa establece que la fecha tope para el pago es el 30 de junio. Esta es la principal referencia que empleadores y empleados deben considerar para la acreditación de la primera cuota del SAC.
En realidad, la legislación contempla una flexibilidad para los empleadores. Existe un período de gracia de cuatro días hábiles posteriores a la fecha límite. Esto significa que, en el calendario de este año, algunos trabajadores registrados podrían percibir su aguinaldo hasta el viernes 4 de julio.
En este caso se incluye a quienes se desempeñan en tareas generales, cuidado de personas, caseros, y otras categorías del trabajo en casas particulares, en todas las modalidades.
Para el cálculo se considera la mitad de la mejor remuneración en todo concepto del semestre. Así, este "medio aguinaldo" corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual que cobraste en cada uno de los semestres.
Si durante el semestre el trabajador o la trabajadora no trabajó todos los meses (ya sea porque empezó a trabajar recientemente o porque se extinguió el contrato) hay que pagarle el proporcional a los meses trabajados.
Por lo tanto, para calcular el aguinaldo hay que tener en cuenta los siguientes ítems:
Este monto incluye no solo el sueldo básico, sino también todos los adicionales que hayan sido abonados ese mes, como horas extras, plus por antigüedad o zona desfavorable.
El pago del aguinaldo es obligatorio, esté o no registrada la relación laboral. Si no se cumple con esta obligación, la trabajadora puede reclamar formalmente ante el Ministerio de Trabajo, o iniciar una acción judicial si corresponde.
Desde organizaciones de trabajadoras del sector y sindicatos se recomienda llevar registro de los pagos, conservar los comprobantes y, ante cualquier duda, solicitar asesoramiento.

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